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viernes, 30 de diciembre de 2011

La Antropología Forense en el Perú durante el año 2011

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El presente artículo antes que proporcionar un detallado recuento sobre los acontecimientos relacionados a la antropología forense durante el presente año, busca dar cuenta y analizar los más representativos y con mayor repercusión en el Perú. Aunque, definitivamente, octubre fue no sólo en nuestro país, sino en el mundo, el mes donde se presentaron los hechos más relevantes y que van a marcar un nuevo rumbo en el desarrollo de las ciencias forenses.





1.- En agosto se realizó la exhumación del caso del Santa ( Ancash ). La investigación sobre las víctimas de El Santa, es uno de los pocos casos donde se anunció haber logrado una plena identificación. En la mayoría de los casos investigados en Perú, los restos identificados no coinciden con los datos de las denuncias y las ropas halladas. Sin embargo, muy pronto este informe pericial, realizado en tiempo record, fue cuestionado, debido a que sólo tres de las supuestas familias habían reconocido los restos. Más adelante nos hemos informado que en los alrededores de las supuestas fosas del caso del Santa, se encontraron más restos y que se atribuyeron a cadáveres de narcos. Por tanto, y a pesar de la protesta de la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) y del EPAF; la Fiscalía con legítima autoridad y responsabilidad consideró conveniente someter al examen de ADN a cinco de los restos encontrados en dos fosas, cuyos resultados debían entregarse al mes, pero al igual que ocurrió en casos como el de Sancaypata ( Ayacucho ) nunca se conocieron. Dos meses después, por presión de las ongs de derechos humanos y asociaciones de los familiares se entregaron los restos en medio de una gran incertidumbre pública. Este acontecimiento va a deteriorar las relaciones entre la Jefatura de Medicina Legal del Ministerio Público del Dr. Gino Dávila y las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos y el EPAF de José Pablo Baraybar, quienes hasta ese momento habían participado en las exhumaciones y hasta capacitado al personal de Medicina Legal.





2.- El 14 de octubre, se encontraron restos óseos en un cerro contiguo a la playa La Tiza, al sur en Cañete, donde el grupo paramilitar COLINA entrenaba, y que fue señalado por un informante anónimo como el lugar donde enterraron a dos de los nueve estudiantes desaparecidos de la Universidad de La Cantuta. Sin embargo, no se encontraron vestigios de haberse usado armas de fuego y pronto los peritos de Medicina Legal del Ministerio Público emitieron un informe sosteniendo que se trataba de restos arqueológicos. Los peritos del EPAF, presidido por José Pablo Baraybar, sostuvieron que Medicina Legal se había apurado, pues no atendieron a los otros hallazgos como periódicos y monedas de la década de los noventa y que corresponde a los años de estas desapariciones.






3.- El 22 de octubre, el Comité Internacional de la Cruz Roja ( CIRC ) informó que en Perú hay entre 15 mil a 16 mil desaparecidos por terrorismo. Es decir, el doble de la cantidad calculada por la Comisión de la Verdad y Reconciliación que ascendía a 8 mil 558 personas desaparecidas. Asimismo, según el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, entre los años 2002 y 2010 se han encontrado a mil 497 desaparecidos, se ha identificado a 771 restos y entregado 671 a sus familiares. Además se reporta la existencia de 4 mil 644 fosas en todo el país, aunque hasta el momento sólo han sido ubicados 2 mil 200 lugares, según informó Rafael Barrantes, Responsable del Programa de Desaparecidos del CIRC. Por lo cual, según señala el Consejo de Reparaciones el número de las víctimas ascendería de las 69 mil 280 personas estimadas por la CVR a 100 mil personas. Sin embargo, sólo tienen registrados a 19 mil 107 muertos y 6 mil 187 desaparecidos. Lamentablemente esta información no está consolidada en un registro único, porque no ha sido creada una institución que lo haga.





4.- Durante este mes, se realizó en Perú el Congreso de Antropología Forense, organizado por la Asociación Latinoamericana de Antropología Forense ( ALAF ), buscando la uniformización de los métodos y técnicas en la exhumación e identificación de los restos humanos. Paradojicamente Ayacucho, fue elegida como la sede de este evento, donde el año 2003 los familiares del caso Sancaypata rechazaron en medio de un escándalo la aplicación de estos mismos estándares a cargo de varios de sus famosos peritos internacionales. En varios países ya se han presentado importantes cuestionamientos a los procedimientos utilizados por varios de estos peritos. Mientras tanto, habrá que esperar alguna autocrítica a la labor que han estado realizando.





5.- En octubre y luego de varios meses de desaparecido, se encontró el cadáver del joven Ciro Castillo, tragedia que acaparó la atención y el seguimiento periodístico, logrando que toda la sociedad especulara y se pronunciara al respecto. En un espectáculo lamentable, sin haber visitado el lugar de los hechos y antes de la elaboración del expediente fiscal, algunos arqueólogos muy conocidos por haber ocupado cargos en importantes organizaciones internacionales de derechos humanos, se permitieron precisar las causas de la muerte de Castillo, algo que por formación y legalidad sólo le compete al médico forense. Estos arqueólogos fueron presentados en los medios televisivos como antropólogos forenses. La pregunta es inevitable ¿hasta cuando se usurparán las competencias profesionales en países como el Perú?. Los colegios profesionales deben preocuparse por sus miembros forenses. ¿Qué validez legal tiene ante los Tribunales el informe de un perito que por ley no puede emitir dictamen ajeno a su competencia profesional?. Mientras tanto, con gran lucidez, los padres de Ciro Castillo rechazaban la hipótesis del desbarrancamiento del forense del EPAF Baraybar por la posición del cuerpo en la que fue encontrado. Además, es importante anotar que el padre del joven muerto es médico de profesión y quien estuvo acompañando en todo momento la búsqueda del cadáver.












6.- El caso del asesinato del hincha Walter Oyarce fue otro acontecimiento que puso en debate la importancia de contar con la adecuada tecnología forense. Algunos peritos como Baraybar del EPAF consideró que el escáner 3D debío ser utilizado en este caso, sin embargo reconoció desconocer esta tecnología?. Más allá de este hecho pintoresco, la revisión de los procedimientos en las investigaciones forenses nos llevan a la conclusión que de nada vale que el perito esté rodeado de la más alta tecnología, si es negligente y deshonesto.





7.- El 30 de noviembre, el Congreso del Perú aprobó la ley 29807 que crea el Consejo Multisectorial de la Política Criminal del Perú. Para la mayoría de especialistas, esto demuestra que en el tema han fracasado el Ministerio público y la Policía Nacional. Además consideran que "esta Comisión debe buscar crear diagnósticos propios y no copiar otros, como suelen hacer los abogados". El Presidente del Congreso Daniel Abugattas Majluf hizo hincapié que se convoque a expertos y no a abogados. Los congresistas coincidieron que se designe en la Secretaría Técnica y mediante concurso público a expertos antropólogos, psicólogos, etc.






8.- En diciembre los diarios de circulación nacional reportaron el hallazgo de catorce de las fosas denominadas clandestinas y cerca de veinte cadáveres en Huanta ( Ayacucho )






9.- El Presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el peruano Diego García Sayán, es nombrado Director del Museo de la Memoria. También se informó sobre el cambio del nombre del Museo de la Memoria a Lugar de la Memoria, la Tolerancia y la Inclusión Social, lo cual ha generado las protestas de las organizaciones de derechos humanos quienes consideran que el recinto estaría distorsionando con el nuevo nombre su finalidad.





10.- Este mes la CIDH acaba de denunciar al Perú por la supuesta violación de derechos humanos de tres terroristas que tomaron la embajada de Japón en 1997. El Estado peruano ha rechazado la demanda, ha designado al polémico ex Defensor del Pueblo Walter Alván Peralta como Representante del Perú, ante la CIDH, el cual no tiene la aceptación de las fuerzas armadas peruanas debido a un supuesto pasado izquierda y por haber sido uno de los que pidieron eliminar el fuero militar, con la finalidad que los militares sean procesados por el civil.





Al respecto, una reflexión, antes se juzgó por delitos de lesa humanidad a militares alemanes, luego a los de Europa de oriente, hoy lo hacen con los latinos. La pregunta es ¿cuándo lo harán con los militares estadounidenses?. Los Estados Unidos es una nación muy aplicada en crear y apoyar iniciativas a favor de los derechos humanos, pero también en no acatarlas. “El justiciero social” debe empezar por su propio país y, en todo caso, ser prudente con sus juicios de valor con lo que sucede en otros. Como nos decían los viejos científicos sociales: “para opinar sobre una realidad no basta con conocerla, sino hay que vivirla y sufrirla” .






En realidad en el Perú, resulta casi evidente que hay la disposición, por acuerdo entre las partes implicadas, que las cosas sigan igual. En los siguientes años, se encontraran mas fosas con restos humanos, se realizaran investigaciones forenses siempre igual de deficientes y, por tanto, los fiscales nos seguirán desconcertando con sus disparatadas acusaciones, cada vez mas fáciles de refutar. Por eso, la defensa de los miembros de las fuerzas armadas se conformará solo con rebatir estas acusaciones. Los supuestos familiares de las vìctimas se tendràn que resignar a recibir restos humanos con la duda que le pertenezcan a sus parientes y el alivio de conseguir, por lo menos, alguna reparaciòn econòmica. Al final, como ocurre todos los años, el Centro del Derecho Internacional Humanitario de las Fuerzas Armadas del Perú invitará a quienes los acusan y a quienes llaman "caviares" o "rojos" a que les dicten conferencias sobre derechos humanos.







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jueves, 6 de agosto de 2009

Evaluación del Trabajo de Exhumaciones PNUD-ASDI



Con fecha 21 de enero del año 2007, se publicó en la página web del Ministerio Público www.mpfn.gob.pe el último informe sobre los trabajos de exhumaciones de fosas clandestinas e identificación de restos óseos correspondientes a la época de la violencia política en el Perú, durante la década pasada, denominado Evaluación del Trabajo de Exhumaciones PNUD-ASDI, el cual comprende tres partes :



I.- Términos de Referencia : CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO DE EXHUMACIONES.
II.- Informe Final.
III.- Resumen Ejecutivo


Al respecto, algunas precisiones importantes en cuanto a los referidos documentos :


I.- Términos de Referencia: CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO DE EXHUMACIONES


1.- En este documento, de carácter institucional, llama significativamente la atención que el Ministerio Público se remita de manera exclusiva a las estimaciones que realizó la Comisión de la Verdad y Reconciliación, respecto a la violencia política que sufrió el Perú entre 1980 y el año 2000, el mismo que se expresa en los siguientes términos :


"El 28 de agosto de 2003 la Comisión de la Verdad y Reconciliación dió a conocer su informe final, proyectando a 69 180 el numero de las victimas fatales de la violencia que atravesó el Perú entre 1980 y el año 2000, y proporcionando también al Ministerio Público un listado de 4644 sitios de entierro".-p.-2


Es importante precisar que el Ministerio Público, desde el momento que defendía su competencia constitucional, en este tipo de investigaciones, frente a las pretensiones de los miembros de la CVR de asumir sólo ellos estos casos, descalificando incluso moralmente a la Fiscalía, desde entonces, la institución ya había marcado una posición clara y contundente respecto a éstas estimaciones, y siempre recalcó que fueron 6,000 los desaparecidos aproximadamente y cerca de 150 las fosas, a partir de las 17 mil declaraciones que se afirma haber recopilado.


Pues bien, en este documento de carácter institucional "Términos de Referencia: CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN DE EXHUMACIONES", el Ministerio Público renunció a la posición oficial defendida ferreamente durante todos estos años.


En efecto, el referido documento institucional del Ministerio Público debió precisar que de éstos 4,644 sitios de entierro , 2,200 corresponden a sitios presuntos y 2,444 a sitios de entierro referidos, pero no constatados.


Asimismo, hay que advertir, que si bien el Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación considera que la mayor cantidad de víctimas son responsabilidad de Sendero Luminoso, esta afirmación es simplemente declarativa. Efectivamente, el criterio de la CVR para sus investigaciones es que todas las fosas encontradas son responsabilidad absoluta de las Fuerzas Armadas y tal como podemos observar en el Informe Investigación Forense de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, dirigida por el Equipo Peruano de Antropología Forense ( EPAF ) al Comité Coordinador del Área de Esclarecimiento de Hechos, con fecha 14 de febrero del 2002:


"Los grupos subversivos que lucharon por la destrucción del Estado, por su naturaleza, por su táctica y estrategia no requerían ocultar los crímenes que cometían ( destrucción de la propiedad pública y privada, asesinatos masivos y selectivos, entre otros ) porque por un lado no los consideraban como crímenes y porque por otro lado tales acciones tenían un efecto disuasorio y en ciertos casos contribuía a la coerción que aplicaban sobre otros grupos sociales...La existencia de fosas comunes atribuidas a movimientos subversivos tales como Sendero Luminoso o el Movimiento Revolucionario Tùpac Amaru tendrán por tanto significaciones distintas. Tales pueden ser, el disponer de combatientes muertos o el entierro por razones sanitarias por los lugareños, después de un ataque subversivo".


En tal sentido, al final, una vez concluidas buena parte de las exhumaciones de las fosas, las Fuerzas Armadas pueden aparecer como los grandes responsables, pues más de la mitad de éstos 4,644 sitios de entierro estimados por la CVR corresponden al tipo fosa, las cuales a su vez contienen más de dos cadáveres y/u osamentas por fosa. Y, seguramente, que, en adelante, cada vez que se encuentren fosas en zonas rurales, también se responsabilizará, de éstas, a las Fuerzas Armadas.


Por lo cual, el Ministerio Público, en este documento institucional, le otorga un carácter vinculante al Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, y que por ley nunca tuvo, además, adopta la metodología que utilizó en materia de exhumaciones, decisión que se constata en el objetivo general de esta consultoría :


"Objetivo general :

Contribuir a la Reconciliación Nacional apoyando el Ministerio Público en el cumplimiento de las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación mediante la implementación funcional de su estrategia de intervención en materia de exhumaciones"- p.5


2.- En las páginas 3 y 4 del referido documento se presenta un informe sucinto respecto al apoyo de la Cooperación Internacional en estos asuntos, de la siguiente manera :


Proyecto de la Fiscalía Especializada Nov. 2002 –Diciembre 2006:


- Descentralización de la Fiscalía Especializada en Provincias;
- Implementación de la morgue en Ayacucho
- Implementación del Despacho Fiscal en Ayacucho
- Contratación de Asistentes administrativos
- Ayacucho - Adquisición de equipo de laboratorio
ASDI: $ 144 000 dólares


Proyecto de mejora de la capacidad del Instituto de Medicina Legal para la realización de las investigaciones forenses derivadas de las exhumaciones Feb. de 2005- Feb.2009


- Realización de exhumaciones simultaneas en Ayacucho
- Adquisición de : 6 camionetas 4x4; 7 lap top; 7 PC; 3 impresoras; 3 scanner; 5 cámaras digitales; 5 cámaras de fotos; mobiliario básico de oficina; equipos de bioseguridad; materiales para exhumaciones
- Contratación de 3 equipos de peritos forenses
- Construcción de un laboratorio de antropología forense en Huamanga
(Ayacucho).
UNION EUROPEA: 358 641 euros, p. 3-4.
- Contratación de una arqueòloga ( "la bachiller" Martha Palma Málaga ? ), el año 2003, PNUD US./ 30,000 y MP 91,000 nuevos soles. Además de cursos intensivos y talleres en temas forenses ( no especificados ) y un seminario internacional sobre derecho penal internacional y derecho humanitario.


Al respecto, es importante observar que desde los trabajos de exhumaciones de fosas por la CVR en Totos y en Lucanamarca cuando, los mismos forenses, tuvieron que reconocer estas carencias, hasta fines del año 2004 nunca existió una infraestructura mínima, principalmente en Medicina Legal de Ayacucho, para la realización de exhumaciones de fosas. De todo esto existe documentación oficial audiovisual y escrita, de acceso público, al respecto. Sin embargo, se siguieron realizando diversas exhumaciones de fosas, bajo la exclusiva responsabilidad de Medicina Legal, y todo lo cual derivó en los principales expedientes fiscales a miembros de las fuerzas armadas y que datan precisamente de esa época.


Sin embargo, se puede apreciar, en el informe sucinto sobre el apoyo de la Cooperación Internacional, que hasta fines del año 2004 los aportes de instituciones como la Unión Europea y la ASDI, y que también representó una contraparte de fondos del Ministerio Público, se gastaron principalmente en mobiliarios de oficina para la fiscalía, cursos y seminarios de pocos días de duración, algunos materiales para acampar y excavar en las exhumaciones. Asimismo, se da cuenta de la extraña contratación de la "bachiller" en arqueología Martha Palma Málaga con fondos PNUD-Ministerio Público. Esta señorita trabajó como practicante con la CVR en la exhumación en Lucanamarca. Cuando se desactivó la CVR, participó en el concurso público para dos plazas profesionales para arqueólogos forenses del Instituto de Medicina Legal . Ministerio Pùblico 2003-I y 2003-II. La señorita Palma, no ganó ninguna de las dos plazas profesionales en los concursos públicos y, quien, sin embargo, es contratada a los pocos meses con fondos del PNUD-Ministerio Público.


II.- Informe Final


En la introducción a este documento denominado "Informe Final", con fecha 08 de setiembre de 2006, se da cuenta que fue elaborado entre el 04 de agosto y el 08 de setiembre de 2006, por el licenciado en arqueología Francisco de León y el abogado Leonardo Gabriel Filippini. Al parecer estos especialistas pertenecen a la Asociación Latinoamericana de Antropología Forense ( ALAF ), una especie de sindicato internacional, que monitorea, avala y agrupa a los profesionales forenses que han participado principalmente en las exhumaciones de fosas en Centroamérica, Argentina y Chile, bajo el paradigma del norteamericano Clyde C. Snow, empleando los mismos métodos, técnicas y casi las mismas fichas de registro de la información, y la cual ultimamente ha logrado incorporar a los peritos forenses del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, y cuya labor, los referidos consultores De León y Filippini, debían haber evaluado objetivamente en este documento. De hecho una de las principales sugerencias de estos consultores la encontramos en la página 18 :


"Es necesario además de esta formación obtener pasantías para que los miembros del EFE asistan por períodos cortos de 15 a 30 días, a observar y tomar parte en exhumaciones y análisis de laboratorio con equipos forenses de otros países, esto lo puede coordinar el EFE por medio de la ALAF (Asociación Latinoamericana de Antropólogos Forenses)".


Más adelante, en la página tres del tercer documento llamado "Resumen Ejecutivo", los consultores aseguran que previamente, a la redacción de los dos documentos, realizaron doce actividades de observación, entre el 23 de julio y el 07 de agosto del año 2006. Es decir, "desarrollaron las siguiente doce actividades durante sólo quince días" :


a. Alrededor de 50 entrevistas con distintos actores interesados en el programa de exhumaciones (organizaciones de familiares de víctimas del conflicto, miembros del Ministerio Público, incluyendo a la Sra. Fiscal de la Nación, magistrados, organizaciones internacionales, abogados, equipos no gubernamentales de antropología forense, académicos, etc.).
b. Visita a la sede del Ministerio Público y del EFE en y en Ayacucho.
c. Observación sobre el terreno de la totalidad de una diligencia de exhumación ordenada por el Sr. Fiscal Rubén López, en un sitio próximo a la ciudad de Cangallo y con presencia de los familiares.
d. Observación de la totalidad de los trabajos de campo y gabinete del EFE en dicha diligencia.
e. Observación de la diligencia de entrega de restos a los familiares.
f. Visita a los probables sitios de entierro en el Cuartel Los Cabitos.
g. Administración y evaluación de una encuesta FODA dirigida a los miembros del EFE.
h. Análisis de expedientes correspondientes a la investigación fiscal en casos que incluyen diligencias de exhumación.
i. Visita a la sede y museo de ANFASEP.
j. Análisis de las fichas de campo y laboratorio para el asiento y análisis de información del EFE.
k. Análisis de los sistemas de archivos del EFE y de la CVR.
l. Análisis de documentos relativos al conflicto en el Perú, a la labor de la CVR y al estado de los casos ante al sistema interamericano de protección de los derechos humanos.


El documento de acceso público Informe Final empieza describiendo el rol de los actuales profesionales del Equipo Especializado Forense de Lima del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, a partir de la evaluación de una pericia :


"El informe pericial elaborado por el EFE esta dividido en tres partes la primera parte elaborada por el Antropólogo social Iván Rivas Plata corresponde a la investigación preliminar del hecho, en ella se proporciona la información sobre el lugar de los hechos, el contexto en el cual se desarrollaron los acontecimientos violentos, así como la posible secuencia de los hechos y sus recomendaciones. La segunda parte elaborada por el arqueólogo forense Flavio Estrada, corresponde a la descripción de la metodología de excavación utilizada en la fase exhumación, su nomenclatura, vías de acceso al área investigada, el procedimiento y resultados de la excavación, la descripción de las osamentas encontradas, su posición y orientación su estado de conservación y la posible identificación en campo según lo indicado por los familiares. Asimismo, se hace alusión a los factores que han ayudado a la conservación y al deterioro de los huesos (factores ambientales, factor individual y factor cultural). La tercera parte fue elaborada por el Antropólogo Forense Roberto Parra y el Odontólogo Forense Glicerio Rosas, esta parte corresponde al análisis bioantropológico o estudio de los cuerpos recuperados durante la fase de exhumación"12.


En cuanto a estos señores forenses, nadie duda que en estos momentos cuentan con una experiencia muy importante en estos asuntos tan delicados. Sin embargo, hay aspectos no muy claros dentro de su historial profesional. Por ejemplo, el antropólogo social Iván Rivas Plata y el arqueólogo Flavio Estrada fueron separados de la institución el año 2003 y reingresaron el año 2004. En lo personal, pienso que lo que se hizo con el arqueólogo Estrada fue una injusticia del más bajo nivel.


Asimismo, llama la atención las altas responsabilidades que la institución le ha delegado al licenciado Roberto Parra Chinchilla, quien ingresó a Medicina Legal, siendo aún bachiller, sin concurso público y por cargo de confianza. Además, es ahijado de la dra. Sonia Guillén, la asesora de la CVR y de las dos últimas Fiscales de la Nación, al parecer, desde la época que Federico Kauffman Doig le pusiera, a la doctora, una denuncia en el mismo Ministerio Público por depredación del Patrimonio Cultural, por el caso de las momias de Chachapoyas. Por lo que me informan indignados mis ex-colegas forenses en Ayacucho, el licenciado Parra es el gestor de la contrataciòn hace unos meses, y sin concurso pùblico, de un grupo de antropòlogos, arqueòlogos, odontòlogos, no titulados, para las labores de exhumaciones de fosas. Al extremo de haber conseguido incluir, hace poco, y segùn afirman, a su hermano dentro del Equipo Forense Especializado ( EFE ) del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Pùblico.


Respecto al documento pùblico denominado "Informe Final" algunas observaciones con relación a sus tesis principales :


1.- El documento pùblico llamado "Informe Final" reconoce la presión eficaz de las ongs de derechos humanos sobre la fiscalía:


"..los criterios de priorización para el discernimiento de un cargo de exhumación se aceleran o no dependiendo de la presión que ejerzan sobre la fiscalía las organizaciones de derechos humanos que patrocinan a sus denunciantes"-p.5.


Sin embargo, en este documento, llama la atención que estas ongs de derechos humanos se hayan quejado, ante los consultores, afirmando que el Ministerio Público no les brinda facilidades, cuando lo cierto es que diversas instituciones, desde la Defensoría del Pueblo hasta ongs como COMISEDH y Paz y Esperanza, siempre están presentes en las jornadas de exhumaciones y análisis de restos, de todo lo cual pueden dar fe, por ejemplo, la gran cantidad de fotografías, ante las cuales posan, para la cobertura informativa del periodismo de Huamanga, Ayacucho :


"las ONG y los equipos privados de antropología forense -que también se encuentran registrados como ONG-, se quejan porque no reciben información sobre la programación y ejecución de las exhumaciones tanto de Ayacucho como de Lima que coordinan la fiscalía con el EFE. Y ello incluso a pesar de las organizaciones de derechos humanos suelen ser las que presionan para que se realicen las exhumaciones.-p.15


Por lo cual, no debe extrañarles a los consultores extranjeros que, al final, los jueces y fiscales no sepan "a quien les convenga" hacerle caso, si a los forenses del Instituto de Medicina Legal o a los peritos de parte de las ongs de derechos humanos :


"La relación más compleja parece darse con las dos organizaciones privadas también dedicadas a la antropología forense en el Perú (CENIA y EPAF). Existen fuertes discrepancias de criterio entre el EFE y los equipos privados y de la información reunida por esta consultoría puede concluirse que los fiscales y jueces no han logrado aún delimitar con claridad los ámbitos de intervención de cada uno de ellos, lo que se refleja, en ocasiones, en contratiempos para la debida investigación de los hechos"-p. 24


En cuanto a "las fuertes discrepancias de criterio" entre el Equipo Forense Especializado del Instituto de Medicina Legal ( EFE ) y los peritos de parte de las ongs, como EPAF y CENIA, es fundamentalmente sólo de forma, pues no sólo todos utilizan los mismos estándares internacionalizados, y tal como veremos con mayor detalle más adelante en los puntos 4 y 5, sino que actualmente publican conjuntamente documentos sobre temas forenses. Por ejemplo, en febrero de 2005 se presentó el texto La Investigación Preliminar Antropológica Forense en Casos de Graves Violaciones a los Derechos Humanos. Lineamientos Básicos, el cual reune ensayos de los arqueólogos forenses del Centro Andino de Investigaciones Antropológicas Forenses ( CENIA ) María Inés Barreto, de nacionalidad colombiana, y Carlos Bacigalupo Salinas, su esposo, ex EPAF y ex CVR, y que además ambos son peritos de parte de COMISEDH, juntamente con escritos de los peritos oficiales del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, el licenciado Roberto Parra Chinchilla y la "bachiller" en arqueología Martha Palma Málaga.


2.- Es sintomático apreciar en este documento, llamado Informe Final, que dentro de los responsables de las personas asesinadas en el Perú en las décadas pasadas, se nombre en primer lugar a las fuerzas armadas :


"El Registro Nacional de Sitios de Entierro fue un proyecto desarrollado por la CVR, ejecutado por un grupo multidisciplinario de profesionales.. que se dedicaron a recopilar y evaluar la información existente sobre sitios de entierro de las personas asesinadas en el Perú durante los años de 1980 al 2000 por las Fuerzas Armadas Peruanas (Ejército, Marina, Aviación), Fuerzas Policiales (Guardia civil, Guardia Republicana, Policía de Investigaciones), Fuerzas Combinadas (Fuerzas armadas y policiales, Fuerzas Armadas y Grupos Civiles), Grupos Subversivos (Sendero Luminoso, Movimiento Revolucionario Tupac Amaru), Grupos Paramilitares (Rodrigo Franco, Colina), Grupos Civiles (rondas campesinas, comités de autodefensa)".-p.5


3.- Se reconoce las limitaciones del Registro de Sitios de Entierro de la CVR :


"La información para este registro provino de diferentes fuentes, principalmente como ya se indicó de la CVR y de otras organizaciones de derechos humanos e instituciones públicas.


El proyecto de registro nacional de sitios de entierro se realizó durante cuatro meses (de marzo a junio del año 2003, en el se registraron un total de 4.644 sitios de entierro de los cuales 2.200 corresponden a los llamados sitios presuntos (la información existente del sitio y su inspección ocular sugieren la existencia de restos óseos en ellos) y 2.444 restantes corresponden a sitios de entierro referidos (se conoce de la existencia del sito a través de referencias pero aún no han sido visitados para constatarlos como presuntos)".-p.6


"Asimismo, es necesario visitar los sitios referidos que son más del 50% para determinar si pueden ser considerados sitios presuntos, además de seguir alimentando el registro nacional general".-p.7


4.- En términos generales los consultores consideran que los formatos utilizados por los profesionales forenses de Medicina Legal del Ministerio Público: fichas antemortem, ficha de ubicación y evaluación de sitios con restos humanos, así como la ficha de recuperación de cuerpos y elementos asociados y, también, la ficha de análisis bioantropológico "están bien elaboradas y son de excelente calidad". Sin embargo, observan que se debe realizar la elaboración de una introducción para cada informe pericial y ciertas mejoras en la deficiente presentación de la ficha de recuperación de cuerpos y elementos asociados y que, desde mi punto de vista, son muy importantes para un especialista en la reconstrucción de los hechos:


"En relación al contenido del ANEXO B, sería adecuado realizar un minucioso levantamiento de restos óseos en el cual se indique además del recuento y estado general de conservación de cada hueso, las posibles fracturas ante-mortem, perimortem y post-mortem que presenten las osamentas. Se sugiere además incluir un odontograma a esta ficha".-p.11

"En la segunda parte en lo relativo a los resultados de la excavación sería recomendable que se indique la profundidad a la cual fueron encontradas las osamentas, pues sólo se indica la profundidad de la fosa luego del levantamiento.-p.13


"En la tercera parte del informe sería recomendable que en las descripciones de las
condiciones patológicas y las que giran en torno a la muerte en la medida de lo posible éstas sean ilustradas por medio de fotografías de manera directa al pie de cada texto, (al menos, las mas significativas), además de consignar dichas fotografías en el anexo del registro fotográfico correspondiente".-p.13


5.- Asimismo, reconocen la existencia de un margen de error en los estándares utilizados para la identificación de estos pobladores, que tratan de minimizar afirmando que son "lo más cercanas a la realidad andina" :


"Es una ficha bien diseñada que permite analizar rápidamente lo necesario..aunque tiene un margen de error en los estándares utilizados para las estimaciones de edad y estatura de la población, estas estimaciones son lo mas cercanas a la realidad andina".-p.11


Sin embargo, en realidad el asunto es grave, pues lo cierto es que desde la época de la CVR hasta la actualidad, con Medicina Legal del Ministerio Público, se elaboraron dictámenes forenses, en la mayoría de los casos, sólo a partir de observaciones morfológicas de los restos. Asimismo, han estado utilizando estándares internacionalizados de poblaciones norteamericanas y europeas para identificar pobladores andinos. Es más, han llegado al extremo de utilizar los parámetros de restos óseos de los mexicanos prehispánicos de Genovès para la estimación de la estatura de los pobladores andinos del Perú:


"la parte central del análisis forense se realizó "mediante la aplicación de técnicas basadas principalmente en observaciones morfológicas y algunas consideraciones métricas, como el largo total del fémur para la estimación de estatura de acuerdo a las recomendaciones de J. Buisktra y D. Ubelaker (1994)".-p.12

"Se informa sobre la utilización de la ficha utilizada par el inventario de esqueletos
explicándose que es una adaptación de "las recomendaciones propuestas en elStandard for Data Collection from Human Skeletal Remains (Buistra y Ubelaker, 1994)".-p.12


Por lo cual, los consultores de la manera más disimulada no tienen otra alternativa que recomendar al Instituto de Medicina Legal que también se realice el análisis antropométrico de los restos óseos :


"En la medida de lo posible se sugiere agregar a esta ficha un odontograma y el resumen técnico-científico de las fracturas y patologías encontradas en los huesos. Se sugiere, asimismo, se realice el análisis antropométrico de las osamentas exhumadas el cual podría servir de base para futuras investigaciones científicas de la población peruana actual. -p.11


Al respecto, la realización del análisis antropométrico a los restos óseos fue mi principal propuesta a los pocos días de integrarme como Antropólogo Analista de Medicina Legal en Ayacucho, sin embargo, el actual Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, Luis Bromley Coloma, practicamente me lo prohibió a través del Memorandum Nro. 393-2004-MP-FN-IML/J dirigido al Director de la División Médica Legal de Ayacucho de ese entonces, Luis Castillejo Melgarejo, refrendando una opinión que el licenciado Roberto Parra Chinchilla y la "bachiller" en arqueología Martha Palma Málaga le alcanzaron, donde sostenían falsamente que la antropometría no se utiliza en cadáveres y restos óseos, sino sólo en personas vivas.


De esta manera, el actual Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, Luis Bromley Coloma, el licenciado Roberto Parra Chinchilla y la "bachiller" en arqueología Martha Palma Málaga desconocieron exprofesamente que el Manual de Organización y Funciones del Instituto de Medicina Legal, art. 118, inc.b, precisaba claramente que una de las funciones del antropólogo era:


"Son funciones del antropólogo:

b) Ubicar y registrar indicadores antropométricos en restos óseos".


En realidad, considero que ellos temían lo que para mí era evidente que el registro antropométrico de los restos óseos iba a demostrar que las exhumaciones de fosas realizadas no guardaban relación con los hechos en concreto que la Fiscal estaba investigando, y por tanto, que se forzó la individualización y los sistemas de identificación de los restos óseos. Por lo cual, al no ser aceptada mi propuesta y, por el contrario, recibir respuestas arbitrarias y prepotentes, al extremo que demoraban en depositarme mi sueldo hasta cerca de quince días, declararme en inamovilidad y requerirme para extensas jornadas extras los días domingos, con el personal administrativo, y que sólo yo cumplía, me cansaron y, por sugerencia de amistades renuncié. No contaba con garantías mínimas.


6.- Al final, los consultores, no pueden dejar de reconocer, en su Informe Final, lo que es obvio :


"Los expertos no han podido reconocer la existencia de criterios claros de intervención en materia de exhumaciones. Las intervenciones, en general, han sido decididas por los jueces o fiscales a cargo de las distintas investigaciones de acuerdo a consideraciones particulares de cada caso".-p.29


III.- Resumen Ejecutivo.


Finalmente, los consultores proponen el retorno de la llamada Plataforma Conjunta, que era una instancia en la època de la CVR que agrupó a Medicina Legal del Ministerio Público, la Unidad de Investigaciones Forenses de la CVR, la Defensoría del Pueblo y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. La Policia Nacional hasta donde sé no formó parte de la Plataforma Conjunta, aunque si apoyó en las labores de custodia de los restos de las tres exhumaciones que se alcanzó a realizar en esa época :


"En términos generales, la interrupción de las reuniones de la así llamada "plataforma", en las cuales todos los interesados en la problemática de las desapariciones contaban con un ámbito donde expresar sus puntos de vista parece haber sido una decisión incorrecta. La ausencia de un foro de discusión institucional serio sobre la problemática de los desaparecidos en el Perú es uno de los mayores problemas observados".-p. 6-7

Espero que esta información les permitan conocer mejor cómo se han estado realizando estos casos.





lunes, 4 de agosto de 2008

La Salida de Luis Bromley del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público

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Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N°1012-2008-MP-FN, con fecha 31 de julio de 2008 y publicada en el diario oficial El Peruano, el pasado viernes, fue aceptada la renuncia del, hasta entonces, Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público. En realidad, sucedió que la nueva Fiscal de la Nación, la Dra. Gladys Echaíz, al asumir el cargo, solicitó a todos los funcionarios "de confianza", poner sus cargos a su disposición. En otras palabras, podemos inferir que Bromley fue cambiado, destituído o depuesto de la jefatura, luego de más de cinco años en la institución.

¡Por fin !, exclamaron algunos. ¡ Ya era hora !, otros, pues no son pocos quienes han celebrado la salida de este funcionario "de confianza", quien sobrevivió, para muchos, inexplicablemente, los períodos de hasta tres fiscales de la nación. En efecto, desde un comienzo casi nadie estuvo conforme ni con su nombramiento, ni mucho menos con su gestión en la jefatura de Medicina Legal. Desde la institución, los profesionales forenses, de mayor trayectoria, siempre manifestaron publicamente, y en cuanto evento académico se realizaba, severos cuestionamientos hacia este funcionario, por su actitud prepotente, el trato privilegiado que le proporcionó a un grupito de peritos forenses de mediocre desenvolvimiento en la institución, conocidos como "los hijitos de Bromley", y sus declaraciones más que científicas, consideradas oportunistas. También desde la misma Defensoría del Pueblo hasta las organizaciones gubernamentales de derechos humanos, como la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, APRODEH, COMISEDH, el Equipo Peruano de Antropología Forense ( EPAF ) fueron muy duras las críticas. Al punto que el arqueólogo forense José Pablo Baraybar, directivo del EPAF, llegó a calificar de desastre el balance que realizó Bromley, a fines del año 2007 y tras cuatro años de gestión, sobre la identificación y entrega de restos humanos a los supuestos familiares de los desaparecidos por la violencia política durante la década pasada.

Por último, la política de "exhumaciones masivas", tal como la calificó Barayvar del EPAF, implantada por Medicina Legal, durante la gestión Bromley, llegaron a tener tal descrédito que muy pronto las partes interesadas, es decir, los miembros de las fuerzas armadas y policiales acusados de delitos de lesa humanidad y los supuestos familiares rechazaron los dictámenes periciales. En el caso de los miembros de las fuerzas armadas y policiales, acusados de delitos de lesa humanidad, la preocupación iba en relación a los antecedentes de los funcionarios y servidores encargados de estas investigaciones, muchos de los cuales participaron en la Comisión de la Verdad y Reconciliación, no tenían ni la colegiatura, ni el título profesional correspondiente, es decir, eran simples bachilleres, y también había quienes registraban un pasado de militancia izquierdista, que consideraban hasta extremista. En cuanto a los supuestos familiares de los desaparecidos, en varias oportunidades ( Sancaypata, Cantuta, etc. ) no aceptaron los restos humanos, afirmando que se había exhumado en otras fosas y pidiendo la intervención de profesionales forenses de parte.

Definitivamente, las declaraciones de Bromley en los casos Mesa Redonda y el problema de la detección de cáncer en el ex Presidente Alberto Fujimori Fujimori, fueron las gotas que rebasaron el vaso.













lunes, 22 de octubre de 2007

Del Informe Final de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación a las Investigaciones Antropológicas Forenses del Ministerio Público

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1.- En junio de 2001, el gobierno transitorio del Dr. Valentín Paniagua Curazao, crea por Decreto Supremo Nro. 065-2001 PCM la Comisión de la Verdad, para “esclarecer el proceso, los hechos y responsabilidades de la violencia terrorista y de la violación de los derechos humanos producidos desde mayo de 1980 hasta noviembre de 2000, imputables tanto a las organizaciones terroristas como a los agentes del Estado, así como proponer iniciativas destinadas a afirmar la paz y la concordia entre los peruanos” ( art.1 ). Asimismo, se precisó que “La Comisión no tenía atribuciones jurisdiccionales por tanto no debería sustituir en sus funciones al Poder Judicial y al Ministerio Público” ( art.3 ). Por este motivo, resulta desconcertante que algunos representantes de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, hayan reclamado posteriormente un carácter vinculante para el informe de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación.

En cuanto a la conformación de la Comisión de la Verdad, desde el comienzo, la responsabilidad correspondió al señor Presidente de la República, contando con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros ( D.S. Nro. 065-2001 PCM, art.4; D.S.Nro.101-2001 PCM, art.2 ). Sin embargo, en declaraciones a los medios de difusión, el Dr. Valentín Paniagua , ex Presidente del Gobierno Transitorio, llegó a manifestar que él delegó esa facultad a sus ministros. De cualquier manera, éstas decisiones no eximen al ex Presidente Paniagua ni al ex Presidente de la República Alejandro Toledo Manrique, de la responsabilidad respecto a la designación de los comisionados.

2.- Con relación a experiencias semejantes de Comisiones de la Verdad, en otros países, existen importantes diferencias, por ejemplo, mientras que la Comisión de la Verdad y la Reconciliación del Perú recibió financiamiento del PCM, FEDADOI, USAID, FORD, F.SUECA, ASDI, AID, etc., la Comisión de la Verdad de Chile sólo canalizó fondos del Estado. Asimismo, mientras que en Chile los Comisionados participaron de manera ad-honorem, en el Perú los Comisionados recibieron importantes sueldos y sòlo se dedicaron con exclusividad a sus tareas cuando se denunció que compartían sus responsabilidades con otros compromisos laborales. Por último, en cuanto a la metodología la Comisión de la Verdad de Chile tuvo la objetividad, honestidad y el cuidado de clasificar las denuncias que recibían. Efectivamente, en la primera parte del capítulo II del tomo I presentan las normas, conceptos y criterios en que se basaron las deliberaciones y conclusiones de la Comisión; además, también, encontramos en la tercera parte, del capítulo V del tomo II del informe a los casos declarados “Sin Convicción”. En cuanto a la Comisión de la Verdad de Guatemala tuvieron el mérito de conseguir sentar en una misma mesa al Estado y a la guerrilla para manifestar sus respectivas versiones.

3.- En atención a la solicitud planteada por el Presidente de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, para exhumar las fosas comunes ubicadas en Chuschi, el 19 de enero de 2002, la Fiscalía de la Nación publica la resolución nro.0088-2002-MP-FN, designando uno de los peritos a: la lic. Aidee Chávez Rodríguez, entre otros. Sin embargo, y al parecer por motivos de salud, mediante la resolución nro. 0091-2002-MP-FN se cambiaron los peritos del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público nombrando a los especialistas del Equipo Peruano de Antropología Forense ( EPAF ) propuestos por la Comisión de la Verdad y la Reconciliación .

Así, el EPAF en el marco de los convenios con el Ministerio Público y la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, debía planificar las tareas de exhumación y de morgue. También se encargarían del transporte, la instalación y la alimentación de su personal y el de la CVR en Pampa Cangallo.

4.- En cuanto a la designación del EPAF como peritos, se realiza principalmente debido a su experiencia en las exhumaciones para el Tribunal Penal de la Antigua Yugoslavia en Bosnia-Herzegovina y Kósovo, donde se afirma se emplearon por primera vez los estándares internacionalizados. Sin embargo, se sabe que la posible participación del EPAF fue cuestionada desde el primer momento debido a su desenvolvimiento como peritos en el caso de los emerretistas muertos en la toma de la embajada de Japón el año 1997.




5.- Desde el comienzo, se presentaron las primeras situaciones de conflicto entre los peritos del Ministerio Público y los del EPAF. De esta manera, el 31 de enero de 2002, a tan sólo algunos días de la designación del EPAF como peritos, el Dr. Juan Guzmán Aparco, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ayacucho, y por tanto la máxima autoridad del Ministerio Público en ese departamento, remite a la Dra. Nelly Calderón Navarro, Fiscal de la Nación, el informe nro.003-2002-MP-FSDDJ-Ayacucho donde le comunica las quejas verbales que los miembros del Instituto de Medicina Legal habían manifestado sobre los peritos del EPAF calificándolos de soberbios, prepotentes y que se creen “dueños de la verdad”. Asimismo, pone en conocimiento, la falta de profesionalismo del EPAF por llegar impuntualmente a las diligencias y, también, expresa la disconformidad de la comunidad ayacuchana al conocer que éstos arqueólogos propuestos por la Comisión de la Verdad y la Reconciliación solamente ostentaban el grado académico de bachiller.




6.- Después de la exhumación en Chuschi, las relaciones del EPAF con el Ministerio Público se deterioraron bastante, al extremo que en vísperas de la exhumación en Totos y en el momento que la Fiscal de la Nación, abiertamente pedía al EPAF su informe pericial de Chuschi y se quejaba de la demora en su entrega, todos los miembros del EPAF renunciaron y, a través de uno de sus integrantes, el señor Carlos Bacigalupo Salinas, denuncian presiones políticas, un veto de la Fiscal de la Nación al señor José Pablo Baraybar y también amenazas personales a Baraybar.

Estos lamentables hechos en torno a un tema tan sensible, como son los derechos humanos, fueron consecuencia: según expresaron, de una absoluta carencia de planeamiento: ausencia de un marco legal, reglamento, definición de roles y funciones de los peritos, competencias profesionales entre los forenses.

Asimismo, fue evidente la intromisión política en estas investigaciones de los miembros de la CVR como Sofía Macher, Carlos Tapia, Wilfredo Pedraza y Javier Ciurlizza, éste último llegó a declarar a la prensa, respecto a la renuncia del EPAF que éstos veían las cosas desde un punto de vista técnico y que “sólo les preocupaba la cosa en sí y no las expectativas de la gente a nivel nacional como a los de la CVR”.




7.- En junio de 2002 se conforma la Plataforma Conjunta de Trabajo en la Investigación de Fosas Comunes integrada por la Fiscalía de la Nación y el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, la Unidad de Investigaciones Forenses de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación, la Defensoría del Pueblo y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. Asimismo, se requirió el apoyo de la Policia Nacional. En principio éstas instituciones trabajarían de manera coordinada en la elaboración de un Plan Nacional de Exhumaciones bajo los mismos estándares internacionales que promovió el EPAF.

De acuerdo a esto, el 20 de agosto de 2002, a través del memorando nro. 034-2002-CVR-UIE/C se conforma la Unidad Forense de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. Contrariamente a lo acordado por la Comisión de la Verdad y Reconciliación, los miembros no pasaron por concurso público, pues se argumentó que “en nuestro país no existen profesionales antropólogos o arqueólogos que tengan experiencia forense“. Como hemos apreciado en el capítulo anterior, ésta afirmación no es exacta y, por lo demás, no explica por qué no se realizó una convocatoria pública en el caso de los peritos extranjeros. Como Coordinadora de la Unidad de Investigaciones Antropológicas Forenses fue designada la doctora Sonia Guillén Oneeglio, directora del Centro Mallqui de la Fundación Peruana de Bioantropología y especialista en técnicas de momificación y, de quien se afirma, había sido, hasta entonces, asesora de las dos últimas fiscales de la nación. Al comienzo también integraron el grupo: Elsa Tomasto, como Asistente de la UIF, Maria Inés Barreto, de nacionalidad colombiana, como Asistente de la UIF, María Godoy, como Asistente de la UIF, Fidel Fajardo, como Asistente de Investigación Pre-Mortem, Marcela Ramírez, como Asistente Especialista en Exhumaciones, Cirilo Vivanco, como Asistente Especialista en Exhumaciones, Víctor Medina, Auxiliar de Investigación Forense, y Juan Carlos Barrera, como Auxiliar de Investigación Forense.

En cuanto, a la designación de la prestigiosa doctora Guillén, hubo bastante oposición y en los mismos términos que dio cuenta la Revista Caretas , edición Nro. 1679, del 19 de julio de 2001, cuando se refiere una denuncia por depredación del patrimonio cultural que el arqueólogo Federico Kauffman Doig en su calidad de Director del Instituto Nacional de Cultura le entabló por el traslado de 200 malquis ( momias ) , según él, de mala manera.

De cualquier manera, la creación de la Plataforma Conjunta de Trabajo en la Investigación de Fosas Comunes de ninguna forma mejoró las relaciones entre las diversas instituciones que agrupaba, por el contrario, en los casos de investigación de fosas comunes, se puede apreciar, por ejemplo, duplicidad de funciones.

8.- Al presentar la Comisión de la Verdad y Reconciliación su Informe Final , el 28 de agosto de 2003, y terminar sus tareas, muchos de sus asesores, como la Dra. Sonia Guillén, abogados y miembros del equipo forense pasan a incorporarse tanto a la Fiscalía de la Nación como al Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, institución a la cual muchos de ellos siempre cuestionaron.

9.- Asimismo, el año 2003, al interior del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público se crea el Equipo Forense Especializado ( EFE ). Si bien desde ese año ha contado con diversos directores y miembros, el núcleo principal la conforman el odontólogo Glicerio Rosas Moyano, actual jefe del Equipo, y el antropólogo Roberto Parra Chinchilla. Este Equipo actúa como “monitor” de los peritos del Instituto de Medicina Legal en todas las exhumaciones que realizan. Sin embargo, en realidad y al parecer constituyen un órgano de supervisión de Medicina Legal para que los peritos forenses de los distritos judiciales, realicen las exhumaciones y los análisis de restos con la mayor celeridad y se adapten a "las condiciones de investigación".

10.- Definitivamente, estos dos últimos acontecimientos inician una nueva etapa en las relaciones entre los peritos oficiales del Ministerio Público y los peritos de parte de las organizaciones no gubernamentales de derechos humanos. Cualquier asistente a una jornada de análisis de restos óseos del Instituto de Medicina Legal, por lo menos en Ayacucho, ha podido apreciar que no sólo utilizan los mismos “estándares internacionalizados” sino que prácticamente los dictámenes forenses lo realizan el perito oficial y el perito de parte en conjunto, pues las discrepancias son sólo de forma. Es más, actualmente, hasta publican conjuntamente documentos sobre temas forenses. En febrero de 2005 fue presentado el texto La Investigación Preliminar Antropológica Forense en Casos de Graves Violaciones a los Derechos Humanos. Lineamientos Básicos, el cual reúne ensayos de los arqueólogos forenses del Centro Andino de Investigaciones Antropológicas Forenses ( CENIA ) María Inés Barreto Romero y Carlos Bacigalupo Salinas, su esposo, y que son peritos de parte de COMISEDH, conjuntamente con escritos de los peritos oficiales del Ministerio Público Roberto Parra Chichilla y Martha Palma Málaga.

En los últimos años este entendimiento ha llegado a niveles interesantes con la incorporación de peritos de los oficiales en la Asociación Latinoamericana de Antropología Forense ( ALAF ). Esta institución fue fundada por un grupo de profesionales forenses que han participado en las diversas exhumaciones en América Latina como peritos de parte y su posición con respecto al trabajo de los peritos oficiales siempre fue de absoluto cuestionamiento.. hasta que, al no disponer ya del financiamiento regular de la cooperación internacional, al parecer, han comenzado a reconsiderar su actitud.





















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martes, 16 de octubre de 2007

Condiciones Básicas para la Investigación Antropológica Forense en Ayacucho


“ Un perito complaciente con quien le abona los honorarios,
podrá ser también complaciente con quien le pague más “
- Fernando López Peña, Perito argentino.


En este último artículo que escribo como Antropólogo Analista de la DML- Ayacucho, asumo el desafío de abordar un problema fundamental y, sobre el cual, casi ningún profesional forense ha decidido manifestarse directamente: ¿ cuáles son realmente las condiciones para la investigación antropológica forense en Ayacucho ?. No es mi intención realizar un balance sobre las investigaciones antropológicas en el sistema de Medicina Legal del Ministerio Público en Ayacucho, después del Informe de la Comisión de la Verdad y de la Reconciliación, ni tampoco despertar toda una polémica respecto a sus logros, sino tan sólo promover una reflexión aguda, honesta y veraz.

Para responder esta pregunta, desarrollaré los siguientes puntos : 1.- Presentación: Ayacucho como Eje Nacional de las Exhumaciones, 2.- ¿Qué es la Antropología Forense?, 3.- El Rol del Antropólogo Forense, 4.- Las Relaciones con los otros Profesionales Forenses, y 5.- La Vigencia e Importancia de los Métodos Antropológicos en la Identificación Humana.


1.- Presentación : Ayacucho como Eje Nacional de las Exhumaciones:


Siendo Ayacucho el departamento que a nivel nacional registra la mayor cantidad de personas asesinadas y desaparecidas durante las décadas comprendidas entre 1980-2000 y que, según las estimaciones del Informe Final de la Comisión de la Verdad y de la Reconciliación, representa a más del 40% del total de las víctimas, es definitivamente el eje nacional de las exhumaciones a realizarse. Este solo hecho exige una atención prioritaria respecto al equipamiento de una infraestructura más o menos decente, así como el diseño de tareas precisas de investigación de base y el entrenamiento del personal del sistema de Medicina Legal que labora en Ayacucho, y tal como ha sucedido en otros países, a partir de catástrofes humanas como la guerra civil española, la I y la II guerra mundial, la guerra en Corea y, hasta hace poco, la de Kósovo.

Las iniciativas y el financiamiento no necesariamente tienen que provenir del Estado, aunque sería más que suficiente que se cumpla con destinar para estos fines fondos del FEDADOI, según el Decreto de Urgencia Nº 122 – 2001. En efecto, actualmente existen innumerables fundaciones e instituciones internacionales dedicadas a velar por el respeto a los derechos humanos que proporcionan ayuda económica y científica tanto a instituciones públicas como a organizaciones no gubernamentales. Por eso, es también responsabilidad de la Sociedad Civil organizada aprovechar estas posibilidades, pues he apreciado muy sorprendido la precariedad en el trabajo de los peritos antropólogos de parte, designados por las diversas ongs de derechos humanos para los casos en Ayacucho.


2.- ¿ Qué es la Antropología Forense ? :


La Antropología Forense proviene del latín forensis, de forum que significa tribunal, foro, y cuyo sinónimo más exacto es Antropología Legal. Desde sus comienzos la Antropología Forense estuvo relacionada a los casos de identificación criminal y, posteriormente, civil. Sin embargo, aún en estos tiempos hay muchos países que carecen de una cédula de identidad adecuada. Siendo la identificación la preocupación histórica fundamental de la Antropología Forense, podemos considerar que la Antropología Forense es el estudio de la identificación humana tanto en personas vivas, cadáveres, como en restos óseos y según las normas nacionales vigentes.

Además la Antropología Forense es consecuencia del encuentro no sólo de la antropología tanto social como física, de la medicina humana y de las técnicas arqueológicas ( 1 ), sino también de la criminalística, de la estadística y en esta época de la aplicación de la inteligencia artificial.

La historia oficial de la Antropología Forense peruana es reciente y se remonta a la década de los noventa, y el primer antropólogo forense en el Perú, en este caso la primera antropóloga forense, ha sido la licenciada Aidee Chávez Rodríguez (2 ). Más adelante, en el año 2000, el suboficial y perito Danny Humpire se convierte en el primer Antropólogo Forense de la Sección de Antropología Forense en el Departamento de Medicina Legal de la Dirección Nacional de Criminalística.


3.- El Rol del Antropólogo Forense :


Según el Manual de Organización y Funciones ( 2003 ), art. 118, inc a, b, c, d, e, f, g, h, i, j, k, l, m, n, o :

“Son funciones del antropólogo :

a) Distinguir y clasificar restos óseos humanos con los zoomórficos.

b) Ubicar y registrar indicadores antropométricos en restos óseos.

c) Describir la patología sobre el soporte esquelético.

d) Describir traumatismos antiguos en cadáveres calcinados, momificados, etc, para su identificación.

e) Las placas radiográficas desde un punto de vista antropológico.

f) Observar y manejar muestras para estudio de identificación antropológica.

g) Realizar exámenes en personas vivas: determinación de paternidad, determinación de distancias biológicas ( parentela ), determinación de identificación individual ( homonimia )

h) Efectuar exámenes somatológicos en cadáveres nn.

i) Practicar la evaluación antropométrica al sujeto vivo y cadáver nn.

j) Realizar estudios comparativos de datos pre y post-mortem con fines de identificación.

k) Realizar estudios e investigaciones antropológicas de campo.

l) Tipificar los rasgos comunes y diferentes de grupos humanos.

m) Desarrollar estudios epigenéticos, morfológicos y métricos de restos óseos humanos para establecer datos comparativos de poblaciones peruanas contemporáneas y ancestrales.

n) Proyectar e implementar exámenes y procedimientos antropológicos.

o) Determinar el grado de desarrollo socio-cultural y económico de grupos humanos”.

Sin embargo, es también responsabilidad del Antropólogo Forense observar, supervisar e informar sobre la manera cómo se ha realizado la exhumación, en tanto de ello depende : 1.- la reconstrucción de la posición original del cadáver, esqueleto o conjunto óseo y 2.- por consiguiente, la identificación humana. Como afirma Henry Durday en Antropología Biológica de Campo, Tafonomía y Arqueología de la Muerte, 2000 :

“En realidad, es imposible restituir muchas de las informaciones a posteriori sino se tomó nota de ellas en el campo, independientemente de la calidad y la abundancia de los archivos de excavación, pues los parámetros que debe considerar el análisis son detalles anatómicos que escapan al fotógrafo o dibujante”.

Lamentablemente, al ignorar estos procedimientos previos, se observa en las pericias antropológicas, tanto de los consultores extranjeros como de los peritos nacionales, que cometen el exceso de calificar como restos óseos disturbados, aquellos que sólo presentan sus contenciones articulares desconectadas, como parte del proceso de descomposición de los tejidos blandos y cartílagos, y una dispersión de los huesos por el movimiento natural de la tierra.

Al final, al embalar los restos óseos sin efectuar antes la reconstrucción de la posición original del conjunto óseo el mismo "experto" termina disturbando los restos. En estas circunstancias, la prueba del ADN es la inevitable solución, aunque no infalible, como lo demuestran los juicios millonarios a prestigiosos laboratorios que actualmente se están presentando en los Estados Unidos, debido principalmente a deficiencias en el recojo y en la conservación de las muestras. Por lo demás, si se trata de despejar dudas y aunque resulte irónico, se tendría pues que realizar la prueba del ADN a los doscientos cinco huesos del esqueleto humano.

4.- El Antropólogo Forense y sus relaciones con los otros profesionales forenses :

Es importante entender que el trabajo multidisciplinario implica una labor en equipo, pero de ninguna manera que "todos metan la mano en todo". Al respecto el Manual de Organización y Funciones ( 2003 ) es claro al precisar una serie de competencias para cada profesional forense que éste debe atender prioritariamente, independientemente que pueda colaborar con algún colega en un momento dado.

4.1 Con los Médicos Forenses :

Actualmente, a nivel mundial la salud pública está representada entre 70–75% por la denominada medicina preventiva y sólo un 30-35% por la medicina farmacológica. Dentro de la medicina preventiva están disciplinas científicas como la psicología, la antropología, la biología, la sociología y también las ciencias de la comunicación, debido a la necesidad de interacturar con diversos grupos poblacionales, tanto en la investigación de campo como en la implementación de estrategias socio-culturales y de metodologías participativas, la supervisión y el monitoreo, la evaluación de impactos, la sistematización de experiencias y el diseño y la aplicación de modelos de simulación social. Sin embargo, a pesar que el encuentro entre la medicina y las ciencias sociales data de fines del siglo XIX con los estudios de las grandes epidemias y de los factores sociales de las enfermedades, en el Perú, como en muchas partes del mundo, todas las facultades de medicina de las universidades enseñan medicina farmacológica y prevalecen los métodos de la investigación clínica y los manuales de anatomía y los atlas humanos, pues el financiamiento de las investigaciones en medicina humana proviene fundamentalmente de la industria farmacéutica y de las grandes aseguradoras.

Por eso, cuando los médicos tuvieron el monopolio de las investigaciones forenses en el Perú, los estándares internacionalizados prevalecían sobre la heterogeneidad biológica y cultural de los habitantes de nuestro país, incluso empleando terminologías tan despectivas, respecto a la población autóctona, como la que se encuentra en el Código Penal Maurtua, refiriéndose a estos como “salvajes”, “indígenas semicivilizados o degradados por la servidumbre y el alcoholismo”.

Por todo lo expuesto, es recomendable que la dirección del Laboratorio de Antropología Forense, ha construirse proximamente en Ayacucho, esté a cargo de un antropólogo, de preferencia quechuahablante, y que, de esta manera, pueda garantizar una relación estrecha y fluída con la población ayacuchana. Asimismo, que este Laboratorio de Antropología Forense posea un status especial y que esté adscrito a la Fiscalía de la Nación debido a su mayor capacidad y experiencia administrativa en este departamento.

4.2 Con los Arqueólogos Forenses :

Como sabemos, según el Manual de Organización y Funciones ( 2003 ), el arqueólogo es quien dirige sólo en las exhumaciones, más no en las tareas de identificación humana en el gabinete, al parecer debido a su sólida formación académica y experiencia en las técnicas de excavación. Sin embargo, es importante precisar que estas técnicas de excavación provienen de la estratigrafía clásica.

De hecho, el empleo de las coordenadas cartesianas “arqueológicas”: las famosas cuadrìculas, es un método empleado por primera vez en Francia por L. Meroc en 1930 en sus exploraciones en el valle del Volo ( Ariege ) y se perfeccionò cuando se aplicò a los grandes rellenos de las grutas de Montmaurin. En 1949 cuando Laplace-Jauretche hace pùblico el yacimiento aziliense de Lurbe, ubicando sobre el plano del yacimiento la colocación de todas las piezas encontradas, el sistema comienza a difundirse rapidamente hacia diferentes àreas. En la 10ª. Circunscripción Regional de Antigüedades Prehistóricas de Francia se promueve su uso en la arqueología por investigadores como Aripege, Haute-Garonne, Tarn, y màs adelante tambièn por Delaplace en Fauzen y Simonet en Lebastide, entre otros. Sin embargo, los mejores resultados siempre se obtuvieron en la exploración de cuevas y abrigos, de fondos de cabañas y montículos de habitación, de concheras y basureros. En la exploración de otros sitios como edificios pierde su valor en la localización de objetos, presentando, según los expertos, una fisonomía bastante rudimentaria.

La antropología refuerza este conocimiento de la secuencia cronológica por parte de la arqueología, al investigar los datos referentes a los restos humanos de una manera integral, pues para la comprensión general del sitio no basta con determinar el número, la edad y el sexo de los difuntos, sino hay que enmarcar el material óseo respecto a :
- la dimensionalidad cultural del gesto funerario,
- la intencionalidad del depósito de restos humanos y la relación del cuerpo y/o esqueleto con la organización de los vestigios al interior de cada nivel, in situ,
- identificar los indicios de origen taxonómico producidas por las condiciones cómo sucedió la descomposición del cuerpo y por la intervención de agentes naturales ( erosión, filtración de agua, concreciones, alteraciones físico-químicas, acción de microorganismos y de animales excavadores y depredadores, etc. ) y,
- finalmente, proceder a la reconstrucción de la posición original del cuerpo y/o esqueleto in situ, al desaparecer las partes blandas.


5.- La Vigencia e Importancia de los Métodos Antropológicos en la Identificación Humana :

Cuando llegué al Instituto de Medicina Legal, los métodos y técnicas de las observaciones morfológicas habían monopolizado los peritajes antropológicos y aún los antropólogos prescindían incluso del microscopio en el peritaje balístico. A partir de mis informes he apreciado con mucha satisfacción que ahora no sólo utilizan el microscopio para el peritaje balístico, sino que ya no hay esa renuencia a utilizar instrumental antropométrico como calibradores y hasta tablas osteométricas.

Sucede que antiguamente, los primeros anatomistas, en diversos países, hablaban de observaciones morfológicas para dar cuenta de las llamadas “características no métricas”, sean éstas somáticas u óseas. Sin embargo, dado los alcances limitados de estas observaciones morfológicas, desde hace buen tiempo, los especialistas en todo el mundo ya utilizan los modelos matemáticos, estadísticos y hasta computacionales de la inteligencia artifical para el estudio de las poblaciones y, más bien se refieren a éstas observaciones morfológicas como datos antroposcópicos y en términos de peculiaridades morfológicas discontinuas. Además, actualmente, la comunidad científica internacional cuenta con instrumental para medir prácticamente todo, desde las deformaciones craneanas con el calibrador de Aigner, el rostro humano con el perfil clinómetro, hasta los mismos testículos con el orquidómetro de Prader. Por esto en los últimos tiempos, ha sido posible el surgimiento y la diversificación de nuevos métodos y técnicas antropológicos como: la otometría de Frigerio, el sistema de Capdeville ( medidas y color de los ojos ), el de Levinson ( fotografía del fondo del ojo ), el de Gros ( radiografías del metacarpo, el metatarso y las falanges ), la icnofalangometría, la identificación por las ondas cerebrales de Lee E. Tawis, el craneográfico de Anfosso, la superposición cráneo- fotográfica, siendo uno de los casos màs exitosos de la aplicación de èsta técnica la identificación del nazi Josef Mengele, finalmente también está la técnica de la reconstrucción facial.

Y es que el conocimiento científico empieza con la matematización de la realidad, por lo cual las cuantificaciones y las mediciones son una condición sine qua non del mismo y, por tanto, hablar, en pleno siglo XXI, meramente de observaciones morfológicas, resulta verdaderamente anacrónico; pues, por sí mismo, hoy sólo constituyen procedimientos absolutamente empíricos y subjetivos.

Por estas razones, decía en el artículo anterior, la antropometría ya está consolidada como un Sistema de Identificación Humana Integral y sus aplicaciones más destacadas, en los últimos tiempos, han sido tanto el sistema de identificadores antropométricos de la seguridad israelí como el sistema de identificadores bio-métricos del Departamento de Seguridad de los Estados Unidos, a partir de los sucesos trágicos del 11 de setiembre de 2,001, y tal como consta en el documento “ U.S. Visitor and Inmigration Status Indication Technology “.

Sin embargo, ya desde el año 1995, en el Instituto de Medicina Legal “ Leonidas Avendaño Ureta” del Ministerio Público, se reconoce y se legitima la antropometría como método, procedimiento y/o técnica de identificación humana y tal como puede observarse en los siguientes documentos :

- Manual de Procedimientos Administrativos de la División Central de Exámenes Mèdico- Legales : puntos 4.1.3 y 4.1.4.

- Manual de Procedimientos de los Servicios Tanatológicos de la División Central de Exámenes Tanatológicos: anexo 8.

- Manual de Procedimientos de los Servicios de Exámenes Auxiliares de la División Central de Exámenes Tanatológicos y Auxiliares: punto 2.6.1.5, anexos 5 y 13.

- Manual de Organización y Funciones del Instituto de Medicina Legal “ Leonidas Avendaño Ureta “: art.118, incs b, c, f, h, i, l, m, n.

Pero la antropometría no sólo es fundamental para determinar la clasificación racial y realizar estimaciones respecto al sexo y a la edad, sino que es imprescindible en el análisis de restos óseos disturbados, en tanto permite establecer la pertenencia de las distintas piezas óseas al conjunto óseo.

Durante mi permanencia en la División Médica Legal de Ayacucho, considero haber demostrado la inutilidad de los estándares, parámetros y rangos de otras poblaciones para realizar la identificación humana del hombre andino con una categoría científica, sobre todo tratándose de pericias, las cuales se usan en el proceso legal de la acusación y exculpación de personas. Por ejemplo, los estándares internacionalizados establecen que los omóplatos dolicomorfos pertenecen al sexo masculino y los braquimorfos al femenino, sin embargo, en el caso de los restos óseos que he registrado en la provincia de Cangallo, se observa que este tipo racial presenta omóplatos braquimorfos, tanto para el sexo masculino como para el femenino. Entonces la única manera de establecer el dimorfismo sexual es la antropométrica, no existe otra.

Con relación a la estimación de la estatura, tampoco sirven las fórmulas, estándares, parámetros y rangos internacionalizados. Por eso, con mucho respeto, discrepo absolutamente con el Equipo Forense Especializado de Lima ( 3 ) cuando utiliza el método de Genovés o el de Trotter y Gleser para estimar las estaturas, pues éstos estándares se implementaron para poblaciones totalmente distintas a los cuales ellos aplican estos rangos.

En el caso de Santiago Genovés sus parámetros corresponden al trabajo paleoantropológico Proportionality of Long Bones and Their Relation to Stature Among Mesoamericans, publicado en 1967 en American Journal of Roentgenology, volumen 26, número ¡, p. 67-77, el cual es una investigación con restos óseos de indios americanos prehispánicos y su aplicación en restos óseos contemporáneos para pericias es francamente risible. Además que Genovés empleó técnicas especiales de medición para estos restos óseos. Como precisa en Human Skeletal Remains, Douglas H. Ubelaker, Smithsonians Institution, 1978, p.62 :

“Genovés ( 1967 ) developed formulas for estimating stature among prehistoric Mesoamericans from his studies of Mexican cadavers classified as “indigenous” using morphological and serological criteria.. All mensurements are maximum, except for the tibia, wich does not include the tuberosity”.

Con respecto a las estimaciones de las estaturas con estándares internacionalizados, Genovés, anecdóticamente, siempre narra cómo se demostró que los restos de Texepan, que se hallaban en el Laboratorio de Antropología Física del Museo del Antiguo Palacio del Arzobispado, no pertenecían a un hombre alto y mayor, el padre de Mesoamérica, sino a una mujer joven y chaparrita, lo cual resultó un escándalo nacional y medio mundial.

En cuanto al método de estimación de la estatura de Trotter y Gleser, lo implementaron a partir de sus estudios de la colección Terry y de los restos óseos principalmente de jóvenes estadounidenses de la II guerra mundial y, posteriormente, de la guerra contra Corea y sólo de aquellos quienes se conocía su estatura en vida.

Por todo lo expuesto, es indispensable comenzar a implementar la respectiva tabla antropométrica y de los principales índices de los restos óseos para proceder a una identificación humana con una categoría científica y determinar la clasificación racial o el patrón óseo predominante, como ahora se le denomina, estimar la estatura, la edad y el sexo; todo lo cual podrá ser utilizado como referente poblacional una vez que se alcance el registro del promedio internacional en estos casos y que se contraste con las medidas antropométricas absolutas en personas vivas en Ayacucho.

Al respecto, elaboré el proyecto La Inteligencia Científica en Asuntos de Identificación Humana, el cual fue evaluado positivamente por el Centro de Investigación y Desarrollo ( 2003 ), que es el órgano encargado de promover, fomentar, calificar y supervisar la investigación en el Instituto de Medicina Legal ( Reglamento de Organización y Funciones art.18, incs g, n y el Manual de Organización y Funciones art.31, incs g, k, l, m ) quienes me alcanzaron tres sugerencias respecto al formato de proyectos de investigación de la institución y para darle la aprobación definitiva : 1.- con respecto al título, 2.- consignar fuente de financiamiento alternativa y 3.- con relación a la bibliografía, pues sólo adjunté textos en idioma español. Además, este proyecto también fue evaluado positivamente por una comisión de expertos extranjeros y nacionales y gracias al cual, un grupo multidisciplinario de científicos, recibimos la invitación del Señor Presidente de la República Doctor Alejandro Toledo Manrique a la inauguración del XI Encuentro Científico Internacional de Verano, realizada en Palacio de Gobierno, en Lima a comienzos del presente año 2004, evento donde presentamos nuestras ponencias en conferencias magistrales.

Finalmente, diseñé el Plan de Investigaciones Antropológicas Forenses en Ayacucho basado en el citado proyecto, y el cual buscaba procesar toda la información proveniente de las exhumaciones en Ayacucho y que según el Manual de Organización y Funciones art.118, inc b) debía registrarse, y por esta razón lo presenté ante Medicina Legal como un plan de trabajo. Sin embargo, al no ser aceptado este plan de trabajo, debido a las profundas carencias en infraestructura y al no contar con instrumental alguno y, por el contrario, las reiterativas y cada vez mayores dificultades e impuntualidades en el pago de mis remuneraciones, que me generan insostenibles problemas laborales y personales, he considerado que no existen las condiciones básicas para la investigación antropológica forense en Ayacucho y, por tanto, he presentado mi renuncia al cargo de Antropólogo Analista de la Región Lima-Centro del Instituto de Medicina Legal y que obtuve mediante Convocatoria Pública.

Palabras Finales :


Agradecer al Señor Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ayacucho, el Dr. Alfonso Ricardo Cornejo Alpaca, y al Señor Adjunto Superior Titular de la Primera Fiscalía Superior Mixta, el Dr. Edmundo Miranda, por el trato siempre atento y respetuoso hacia mi persona. A los amigos de la Fiscalía, el Señor César Cárdenas Lizarbe, Asistente en Función Fiscal de la Primera Fiscalía Superior Mixta de Ayacucho, y al Señor Jorge Abad Contreras, Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal, por su invitación a participar en la Revista Institucional del Ministerio Público de Ayacucho.

Asimismo, en la División Médica Legal de Ayacucho, al Dr. Fernando Champi Miranda y a la bióloga Diva Espino García, también por su amistad y por lo mucho que me enseñaron de sus respectivas disciplinas científicas.

A todos ellos muchas gracias, y el más grato de los recuerdos .. Hasta siempre.


* Este es el artículo original publicado en la Revista del Ministerio Público de Ayacucho, en setiembre de 2004.

Nota:

( 1 ) En el Perú, el aporte más significativo a la antropología forense desde la arqueología ha sido, sin duda alguna, la del EPAF, Equipo Peruano de Antropología Forense, quienes en realidad deberían llamarse Equipo Peruano de Arqueología Forense.

( 2 ) En 1997 cuando ingresé al Instituto de Medicina Legal de Lima, para realizar mis prácticas pre-profesionales en Antropología Forense, todavía la Lic. Aidee Chávez Rodríguez, seguía siendo oficialmente la única antropóloga forense en el Perú.

( 3 ) El Equipo Forense Especializado de Lima ( EFE ), está conformado por el antropólogo Roberto Parra Chinchilla, el odontólogo Glicerio Rosas Moyano y “la bachiller” en arqueología Martha Palma Málaga.

( 4 ) En realidad, nunca hubo la voluntad de la Alta Dirección por trabajar con rigurosidad científica. Para desarrollar el proyecto sólo requería de la autorización para incorporarlo como parte de mi trabajo, pues el costo yo mismo lo podía cubrir. Antes bien, hubo el celo profesional y el temor de "los colegas", por cuanto había identificado importantes deficiencias en el trabajo. Finalmente, cuando el asunto derivó al pago de mis remuneraciones mi permanencia en la institución fue insostenible.