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domingo, 25 de febrero de 2018

El Dictamen Médico Legal del caso Arlette Contreras Bautista


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El 20 de febrero del presente el Ministerio Público ha comunicado el inicio del proceso disciplinario a los médicos legistas Luis Gabriel Castillejo Melgarejo y Zoila Mendoza Zavala, según precisa, luego que se diera a conocer las graves irregularidades profesionales detectadas durante el proceso penal contra Adriano Manuel Pozo Arias, en agravio de Cindy Arlette Contreras Bautista por delito de tentativa de la libertad sexual y de feminicidio. Durante el proceso, Castillejo Melgarejo, de la División Médico Legal II de Ayacucho, habría cambiado su versión en el juicio oral, frente a los resultados del certificado médico legal emitido por él mismo. En cuanto a la médico legista Mendoza Zavala, de la División Médico Legal de Ica, participó en el juicio como perito de parte de Adriano Pozo,  cuestionando los resultados periciales, pese a que está prohibido para cualquier médico legista del Ministerio Público ser también perito de parte.

En efecto, en la sentencia del expediente 01641-2015-93-0501-JR-PE-01, los jueces de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho sostienen: “Es de advertirse que inicialmente el Médico Legista Luis Gabriel Castillejo Melgarejo afirmó la presencia de dígito presión en el cuello de la agraviada; sin embargo, se retractó de sus conclusiones..” p.65. Además, refiere que Castillejo Melgarejo al tener el informe de parte de Mendoza Zavala, la médico legista del Ministerio Público y que ofició también de perito de parte, revisó bibliografía posteriormente y decidió cambiar de diagnóstico:

 “Respecto a las lesiones extragenitales que es la equimosis color rojizo de digito presión de 5x2 en región cervical lateral izquierdo, el agente causante es el agente contundente duro y digito presión, precisa que el examen lo realizó a los 2 días del hecho a solicitud de la Comisaria de Ayacucho ahí sólo le pidieron integridad física. Cuando hace un examen médico a una persona revisa físicamente las lesiones que tiene. Una digito presión es una lesión equimótica y dependiendo de la magnitud de la fuerza que se comprima puede permanecer 14 y 21 días según Vargas Alvarado, la equimosis color rojizo es una lesión reciente que se corrobora con lo que la agraviada refirió en la data.
Respecto a la conclusión 6 de la digito presión significa que el pulpejo de los dedos de la mano comprime la región cervical (cuello) que puede alterar la faringe y cuerdas bucales; respecto a la equimosis de digito presión de región cervical lateral izquierda de cómo pudo haberse realizado la lesión refiere que el pulpejo deja un diámetro de 1.5 a 1.2 dependiendo de la contextura, un digito presión que origine 5 centímetros es grande, viendo y analizando todo el caso es un agente contundente de 5 centímetros, el agente contundente está corroborado; en este acto dice que no hay digito presión. Toda lesión de digito presión tiene que causar lesión interna, la compresión no deja lesión porque la  magnitud del brazo es mayor, su examen ha sido objetivo y perennizado”. -p.25

“Ha examinado a la peritada al segundo día. La agraviada no presenta digito presión y el sustento científico es el texto de Vargas Alvarado ( autor colombiano ), refiere que él habla de 5x2 centímetros y la digito presión no pasa de 1.2 centímetros de diámetro porque es como una elipse el pulpejo del dedo es por eso que él dice que es criterio médico legal”.-p.26

I. ¿ Es cierto que toda dígito presión causa lesiones internas?

En la "Guía Médico Legal de Valoración Integral de Lesiones Corporales” vigente al hecho ( 2014 ), ya se define de manera integral la lesión y se reconoce las manifestaciones del daño corporal: anatómicas, funcionales, estéticas, morales, extracorpóreas.

Asimismo, mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación N°3963-2016-MP-FN, publicada el 08 de septiembre de 2016 en el diario oficial El Peruano se aprobó la “Guía Médico Legal de Valoración Integral de Lesiones Corporales”, durante la gestión del actual Fiscal de la Nación Pablo Sánchez Velarde y donde se puede apreciar que se considera que existe presión cuando “el agente contundente ejerce una fuerza ( positiva o negativa ) constante por un tiempo determinado en el cuerpo o región corporal, pudiendo existir dos fuerzas de presión encontradas, por ejemplo: lesiones por el pase de la llanta de un vehículo por un segmento corporal, dígito presión, elemento constrictor”- p.23. De tal manera que, en ningún momento, el término dígito presión está condicionado a un tipo particular de lesión.

La razón sencillamente se debe a un principio antropológico físico elemental que esta Guía oficial ha reconocido como base: “Cada lesión tiene un tiempo de curación, dicho proceso es dinámico, evolutivo y complejo y varía en función de la naturaleza de la propia lesión, los recursos biológicos del individuo y la actuación médica sobre la lesión..”- p.14.

En tal sentido, siendo la citada Guía “de conocimiento y aplicación obligatoria a todas las unidades orgánicas del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses “Leonidas Avendaño Ureta “ y de conocimiento para otras instituciones que realicen peritajes médicos a solicitud de la autoridad competente, es lamentable, que se desacate sus aspectos fundamentales y a posteriori.

Al respecto, y a pesar de estar en vigencia el Nuevo Código Procesal Penal en Ayacucho desde el 01 de julio del 2015, el cual establece en el art. 178 que el contenido del informe pericial oficial debe estar fundamentado, bajo responsabilidad, sin embargo, el médico legista Castillejo Melgarejo afirma que no consultó textos y termina por remitirse a uno sólo, el de Vargas Alvarado ( la sentencia no precisa el libro ) utilizado por la perito de parte Mendoza Zavala, su ex profesora y actual colega, y el cual favorece la posición del denunciado:

“En la pericia de parte citaron a un autor y por ello busca bibliografía, para una mejor conclusión en su peritaje; por lo que para el Certificado Médico Legal N°5062-ISC, no consulto textos, que al realizar las pericias se tiene una guía de textos, de uso oficial de los médicos, pero no necesariamente son obligatorios consignarlos. La propia fiscalía le proporciona el informe elaborado por la Dra. Zoila Mendoza Zavala, que este informe tiene trascendencia porque ha sido su docente, y porque han compartido diferentes actividades académicas, entonces en función a ello más la revisión de otros casos, es que llega a esa conclusión, en la que, no se ha hallado lesiones de tipo impronta de los pulpejos de las manos, además que estas lesiones son de mayor tamaño de un digito presión”-p.27.


II.- El Perito que se retracta reiteradamente no es un experto:

En el 2004 cuando fui destacado por el Ministerio Público a la División Médico Legal de Ayacucho, desde esa época los fiscales me expresaban su profundo malestar porque lo peritos oficiales permanentemente se rectificaban o retractaban. En lo personal, siempre he estado contra la figura de la rectificación pericial, toda vez que el Nuevo Código Procesal Penal no sólo reconoce y confía en el perito como un experto, sino porque siempre hay la posibilidad del esclarecimiento de las discrepancias entre los peritos oficiales o con los de parte, a través de un debate pericial.

En el caso de la señorita Contreras, resulta evidente que la rectificación pericial del médico legista Castillejo Melgarejo no se justifica por cuanto desplaza la Guía oficial de Medicina Legal, de cumplimiento obligatorio, reconoce que no realiza un análisis bibliográfico y simplemente prioriza los alcances de un texto, que de ninguna manera representa el consenso de la comunidad científica.

En realidad, lo que procede es la destitución del servidor público Castillejo Melgarejo al cual, cuando fue Jefe de la División Médica Legal de Ayacucho, le abrí un expediente en la Gerencia Técnica del Ministerio Público y ante el Decanato de la Fiscalía de Ayacucho por incumplimiento de funciones durante las exhumaciones de fosas clandestinas e investigación de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas que permitió, más adelante, sea destituido del cargo. Desde entonces ya ha acumulado importantes denuncias y sanciones, por lo que varias autoridades y personas que lo conocen, lo consideran como un funcionario que actúa fuera de la ley. Sin embargo, el hecho de estar tanto tiempo en la institución, conocer la historia personal de varios fiscales en Ayacucho y cómo han ido desarrollando su patrimonio, incorporando tierras y ganado, es casi seguro que sean condescendientes una vez más con él.



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jueves, 4 de noviembre de 2010

El Museo de la Memoria Colectiva de los Derechos Humanos en el Perú



El día de hoy, el Presidente de la República, Dr. Alan García Pérez, asistió al inicio de la construcción del Museo de la Memoria Colectiva de los Derechos Humanos en el Perú, ubicado en el emblemático distrito de Miraflores, y el cual ha generado tantas polémicas desde su propuesta en los diversos sectores de la sociedad nacional. Como se recordarà la confrontación surgió a partir del ofrecimiento de la primera ministra alemana Angela Merkel de financiar la construcciòn del Museo de la Memoria con dos millones de dòlares. Casi de inmediato, el entonces Ministro de Defensa, Antero Flores Araoz, declaró con la ligereza del político que busca agitar a las masas que en un país pobre como el Perú, un museo no podía ser una prioridad. Entonces, el escritor Mario Vargas Llosa, Premio Nobel de Literatura 2010, le replicó en un demoledor y brillante artículo titulado El Perú no Necesita Museos, publicado en el diario El Paìs de España, el 8 de marzo de 2009, preguntándose en voz alta : ¿qué puede inducir a un hombre que no es tonto a decir tonterías? y donde el mismo se responde : "Dos cosas, profundamente arraigadas en la clase política peruana y latinoamericana: la intolerancia y la incultura". Además añadió : "Los peruanos necesitamos un Museo de la Memoria para combatir esas actitudes intolerantes, ciegas y obtusas que desatan la violencia política.. Los museos son tan necesarios para los países como las escuelas y los hospitales... Ellos también curan, no los cuerpos, pero sí las mentes".



Pero resulta que ya existe un Museo de la Memoria en Ayacucho, el departamento del Perú, donde Sendero Luminoso inició sus acciones armadas, y no sólo eso, sino un importante número de lugares, monumentos y actividades permanentes conmemorativas de la catástrofe social que vivió nuestro país hasta la década de los noventa. Además, está la imponente construcciòn artìstica El Ojo que Llora en el Campo de Marte de Lima, el Centro de Documentación de la Memoria Colectiva de la Defensoría del Pueblo, a dos cuadras de la Plaza de Armas, la sala permanente e itinerante de Yuyanapaq ( Para recordar ) de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, nada menos que en el Museo de la Nación, asimismo, diversas universidades nacionales y privadas conjuntamente con una amplia red de organizaciones no gubernamentales de derechos humanos, continuamente convocan a maestrías, diplomados, seminarios, talleres y cursillos especializados en los mencionados temas, y cuyos profesionales y egresados no sólo han logrado acceder mayoritariamente al sistema de justicia nacional, principalmente el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, sino incluso al mismísimo Ministerio de Defensa y se han dado el lujo de catequizar en temas de intervención en zonas de emergencia y derechos humanos a la cùpula castrense en el Centro de Altos Estudios Nacionales ( CAEN ). Esto último, sumamente desconcertante pues en los momentos de mayor enfrentamiento público, las fuerzas armadas los invitaban a sus reuniones académicas a que les dictaran conferencias y seminarios, gesto que nunca extendieron a profesionales calificados que los asesoraban gratuitamente y que hasta les ofrecieron representarlos ad-honorem en sus casos.



En realidad, con el Museo de la Memoria se está inmortalizando imágenes de rostros y casos que apenas empiezan a investigarse y conocerse. La verdad y la justicia poco parece importar ahora, las revanchas personales y los millones de dólares es en el fondo esa sabiduría que diferencia lo feo de lo bello, lo inteligente de lo estúpido, lo bueno de lo malo y lo tolerable de lo intolerable. Lo descubrí personalmente cuando fui destacado el año 2004 al departamento de Ayacucho para investigar las ejecuciones extrajudiciales, las torturas, las violaciones, las desapariciones y las fosas denominadas clandestinas, y muy desconcertado pude observar que no se contaba con infraestructura y recursos para realizar estas labores. Más sorprendido, aún, cuando verifico que nadie había dicho nada al respecto y cuando mi proyecto de construir un Laboratorio de Antropología Forense y equiparlo adecuadamente, recibió la resistencia insólita del director de la sede de Medicina Legal en Ayacucho de esa época, el médico Luis Castillejo Melgarejo y de mis colegas forenses. Al final, y a pesar de todo, mi propuesta del Laboratorio de Antropología Forense en Ayacucho, consiguió el financiamiento del gobierno sueco, que el Fiscal Decano de ese entonces me aseguró ascendía a tres millones de dólares y aunque demoró su construcción, hoy ya es una realidad, aunque sea en el alejado poblado de Ñahuinpuquio.





El Perú no Necesita Museos, Mario Vargas Llosa


http://www.elpais.com/articulo/opinion/Peru/necesita/museos/elpepiopi/20090308elpepiopi_13/Tes