miércoles, 19 de agosto de 2009

La Exhumación en Sancaypata : ¿Fue Realmente un Engaño?

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Entre el 27 y 29 de agosto de 2002, se realizaron las exhumaciones e identificación de restos humanos en Sancaypata, Totos por la denominada Plataforma Conjunta de la Comisión de la Verdad y Reconciliación. En aquella oportunidad, la comunidad rechazó con bastante indignación el informe pericial de los expertos forenses extranjeros, quienes afirmaban haber participado exitosamente en las exhumaciones realizadas en Bosnia y Herzegovina, Centroamérica, Argentina y Chile. Durante todos estos años, este acontecimiento inédito pero muy relevante, extrañamente ha sido mantenido en la más absoluta reserva. A continuación un informe pormenorizado sobre el caso Sancaypata, la presentación del informe pericial sobre la identificación de los restos humanos y las repercusiones actuales del caso.





1.- Antecedentes del Caso Sancaypata- Totos :




Entre el 28 y 31 de mayo de 1983 fuerzas militares en respuesta a los ataques senderistas en Ocros, Paras, Chuschi y Canchacancha realizan operaciones conjuntas con los pobladores de las localidades afectadas en la comunidad campesina de Quispillaccta- Chuschi, su principal centro poblado y sus siete anexos. Como consecuencia, desde enero de 1984, comienza a formularse el caso de las desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales en el paraje de Sancaypata, Totos, respecto al paradero de las siguientes quince personas : Moises Huamán Ccallocunto, Nemesio Moreno Huamaní, Virgilio Moreno Machaca, Victorio Moreno Machaca, Víctor Espinoza Achallma, Demetrio Galindo Rocha, Francisco Huamaní Galindo, José Tomaylla Moreno, Cirilo Galindo Huamán, Cirilo Conde Galindo, Marcelino Espinoza Nuñez, Francisco Nuñez Vilca, Martín Vilca Tomaylla, Gregorio Cuello Flores y Antonio Galindo Pacotaype. Por su parte, los familiares remitieron una serie de documentos personales de quienes se encontraban en condición de desaparecidos y presentaron declaraciones testimoniales sobre los hechos denunciados. Así, en noviembre de 1984 se presenta como caso en condición de desapariciones forzadas. El 14 de mayo de 2001, una información periodística daba cuenta del hallazgo de una presunta fosa común en el paraje de Paqpamuqu ( distrito de Totos ), y durante la visita se recoge las denuncias de los pobladores quienes manifestaban la existencia de fosas en los parajes de Sancaypata y Ccarpaccasa en Totos, donde habrìan sido enterradas clandestinamente personas del distrito y de la comunidad de Quispillaqta.




Entre los días 16, 17 y 18 de mayo de 2001, la Defensoría del Pueblo inició una investigación no jurisdiccional para determinar la existencia de la fosa común, por lo cual, según el Informe Defensorial nro. 002-2002-DP/ADDHH, se coordinó una visita del Fiscal Provincial Mixto de Cangallo, un miembro del Equipo Peruano de Antropología Forense ( EPAF ) y comisionados de la Defensoría del Pueblo. En el lugar, se recibió información preliminar sobre los enterramientos en el paraje de Sancaypata, se realizó una reunión entre autoridades y familiares de las víctimas y pobladores del distrito de Totos, se recogió información premortem sobre las presuntas víctimas, se recibieron testimonios sobre el caso y se verificó el acervo documental del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo.

En la inspección se constató la existencia de tres fosas en el paraje de Sancaypata. Sin embargo, el informe técnico del EPAF expresa la dificultad de encontrar no sólo a las quince personas buscadas, sino siquiera a alguna :

"..consideramos que es posible encontrar una relación coincidente entre las características físicas del área señalada, los restos superficiales, las declaraciones de los familiares y el testimonio del testigo. Esto hace que los sitios descritos, den lugar a la presunción de la existencia de una o más fosas con restos humanos pertenecientes a un caso de ejecución extrajudicial por parte de las fuerzas armadas. Se cuenta además con las fichas antemortem de las víctimas, lo que permite el inicio de un trabajo antropológico forense en términos de la identificación.

Si bien podría suceder que en la intervención y como parte del proceso de exhumación no se encontraran restos humanos, pues estos pudieron haber sido saqueados, hay los elementos suficientes (para) iniciar una investigación que descarte o confirme el hecho y que reuna las evidencias materiales existentes de los hechos testimoniados.."

Por fin, la exhumación en el paraje de Sancaypata, Totos se realizó el 26 de agosto, encontrándose restos humanos, a los cuales se les asignaron los códigos : SQ01, SQ0201C y el 27 de agosto se continuaron las excavaciones de los SQ01, SQ0202C, hallándose además, el SQ0204C y supuestamente el SQ03, pues no lo he encontrado en el informe pericial arqueológico en la Defensoría del Pueblo, ni el gráfico de la distribución de los restos correspondientes ), y donde participaron Luis Fondebride, como Monitor Internacional de la Plataforma Conjunta de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, y el licenciado Flavio Estrada, del Ministerio Público, apoyados por cerca de dieciseis profesionales.

En una morgue instalada en la ciudad de Ayacucho entre el 30 de agosto y el 06 de setiembre de 2002, se realizó la identificación de las presuntas víctimas. La parte de la investigación antropológica forense estuvo a cargo de la arqueóloga colombiana María Inés Barreto y la médico forense por el Dr. Félix Briceño, del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, quien evitò presentar su informe pericial conjuntamente con la señora Barreto, a pesar de los reclamos de esta, por faltar a un acuerdo previo con la Plataforma Conjunta de la Comisión de la Verdad y Reconciliación.

Al final, los supuestos familiares de los restos humanos encontrados, no aceptaron los resultados de la identificación, pues consideraban que no les pertenecían, además argumentaron que los forenses habían exhumado en otro sitio. Por lo cual, se enviaron a laboratorios en el extranjero muestras de los restos individualizados para la identificación por ADN, estableciendo tres meses como plazo. Sin embargo, hasta el año 2003, cuando se entregó el informe final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, este dictamen final todavía se desconocía.

2.- La Reunión para la Presentación del Informe Pericial sobre la Identificación de los Restos Humanos de Sancaypata- Totos :

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La gran pregunta es ¿por qué rechazaron los pobladores de Sancaypata el dictamen forense de estos "expertos forenses extranjeros" contratados por la Plataforma Conjunta de la Comisión de la Verdad y de la Reconciliación?. La respuesta la encontramos en la reunión para la presentación del informe pericial sobre la identificación de los restos humanos del caso Sancaypata el año 2002, una semana después de realizada la exhumación de las fosas. En aquella oportunidad, presentaron los resultados del dictamen pericial del caso Sancaypata ante la comunidad de Quispillaqta, San Jerónimo de Pampamarca, Canchacancha y otras, el fiscal Felipe Villavicencio, el antropólogo forense de nacionalidad argentina Luis Fondebride, la antropóloga forense de nacionalidad chilena Isabel Rebeco, la antropóloga forense de nacionalidad guatemalteca Mercedes Salado, el arqueólogo peruano Cirilo Vivanco y una representante de la Defensoría del Pueblo. Además, asistió la ex comisionada Sofía Macher y una traductora del quechua representando a la Defensoría del Pueblo.

Desde el comienzo de la investigación forense, se presentaron protestas y quejas de la población con relación a la labor del equipo forense, pues afirmaban que habían exhumado en otras fosas e incluso, a pedido de algunos familiares, se llegaron a realizar visitas de inspección. Sin embargo, prevaleció el informe de los especialistas, quienes sostuvieron que no existían las condiciones para realizar las exhumaciones en las fosas que señalaban los familiares. La indignación llegó a su máxima expresión, en esta reunión, cuando el fiscal Felipe Villavicencio anunció : "Se han identificado uno, quedan dos para la identificación. Todo indica que no va a ser posible idiidiidentificar a ninguno más de la lista. Hay razones técnicas que pido, por favor, a Luis ( Fondebride), dándole la palabra con la mano, explicarlas". Entonces, Fondebride desarrolló sus argumentos en base a tres tesis :

2.1.- Era el lugar correcto y la Identificación fue absoluta :

"Nosotros pensamos queee cuando excavamos en esos tres lugares en Sancaypata, de acuerdo a lo que decía el testigo y fuimos avanzando en la investigación y revisamos la identificación de uno de los cuerpos que estábamos en el lugar correcto... Además, en estas fosas aparecieron casquillos de proyectil, de fusil, aparecieron vestimentas, aparecieron todos los elementos y además identificamos a un señor, que ahora vamos a dar el nombre del señor identificado, que corresponde al grupo de los quince, entonces tenemos mucha evidencia que dice que a los quince los mataron juntos y, al identificar a este señor, nos confirma eso que los otros cuerpos, ya no van a aparecer. Queremos ser bien claros, no hay forma que los otros cuerpos están en otras fosas. Podemos investigar otras fosas, pero van a ser de otros familiares, no de ustedes"

Pero, como ocurre con todas las fosas que hasta la fecha se han investigado, en esa oportunidad, llamó la atención de los pobladores que las fosas exhumadas contengan mucho menos restos humanos de los que se aseguraba y, en este caso, sólo encontraran tres de los quince restos humanos buscados y, para colmo, sólo pudieran garantizar la identificación de uno de ellos : el del señor Víctor Espinoza Achallma. A través de la traductora del quechua al español, uno de los pobladores preguntó : "¿por qué se ha identificado "sólo un cuerpo"?. De repente se han equivocado y ese es de los otros familiares, quisiera que vuelvan a explicar", luego la traductora complementa las interrogantes de los familiares, pidiendo precisiones a Fondebride : ¿cómo han identificado?, si fue por su ropa, si fue por que los familiares reconocieron o ¿cuál fue el indicador para decir “esta víctima es tal"?.

2.2.- Eran fosas disturbadas por el ambiente y por los animales depredadores :

Ante esta situación, Fondebride tiene que sincerarse y explicar todas las dificultades que este tipo de investigaciones tiene que afrontar, y por tanto las limitaciones de todas sus pruebas, que ya no parecían ser tan evidentes :

"Es tan difícil encontrar un cuerpo porque la gente que lo mató, no solamente lo mató, sino que se escondió, pero al esconderlos lo dejó cerca de los animales, y cuando los cuerpo son comidos por los animales, cuando están en un cerro, con la lluvia, pasan diecinueve años, los huesitos se van moviendo, se van perdiendo ya no podemos hacer nada, ya no hay forma de decir este huesito corresponde a tal persona. Ese es el problema grande que tenemos, por eso no encontramos los quince y encontramos solamente cinco. Si hubiéramos si la fosa hubiera estado bien protegida y hubiera sido profundo, hubiéramos encontrado todo eso. Pero la dejaron de una manera que los animales enseguida empezaron a comer y arrancar pedazos, entonces si no están ahí, no quiere decir que pueden estar en otra fosa, porque en otra fosa hay otra gente de otros familiares. Y si hubiéramos abierto esas otras fosas no tendri no sabríamos de quien son, porque no tenemos testigos para todas las fosas. Tenemos testigos para estos, por eso es el problema grande que tenemos de encontrar a todos".

Con la mayor prontitud posible, un poblador observó: "Pero imagino de que mayoría no pueden acabar perros pues, no pueden llevar agua. Por lo menos debe haber cinco, seis o diez siquiera pues, mucho pues diez. Según dicen la fosa eran más o menos dos metros, tampoco no coincide, solamente ustedes han excavado cincuenta, sesenticinco centímetros. No coincide. Entonces, bueno pues, ¡qué vamos a hacer pues nosotros!, si ya ustedes no aceptan nada, entonces.. no queda llevar esos huesitos entre todos, pero seguramente, yo aseguro, para todos será igual"


2.3.- El Ejército había instalado una boutique en las zonas de emergencia para cambiarles la ropa antes de ejecutarlos :

Sin embargo, la afirmación más surrealista e hilarante de la reunión la tuvo el forense Fondebride, cuando explicaba el procedimiento que habían seguido y advertir, a los pobladores, que no se confiaran en identificar a sus familiares mediante la ropa, pues los militares les habían cambiado la ropa antes de ejecutarlos :

"En relación con la vestimenta, el grupo de los quince estuvo detenido en una base, una base militar y es muy posible que a la gente se le cambia la ropa. Entonces, lo que pasa es que la ropa que ustedes nos dijeron que tenía su familiar no coincide con lo que estaba vestido en cuerpo, porque se la cambiaron. Entonces quizás ustedes hoy, si ven la ropa pueden reconocer alguna prenda que sea de su familiar, pero el cuerpo no va a estar, porque se cambió, quizás ustedes reconocen una un pantalón o algo, pero el cuerpo no va a estar solamente la ropa".

Esta afirmación, donde practicamente se sugiere la implementación de una especie de boutique militar en las zonas en emergencia, para vestir a los detenidos antes de ejecutarlos, ha sido aceptada implicitamente por los fiscales y autoridades, en la mayoría de los casos desde los primeros que alcanzó a investigar la Comisión de la Verdad y Reconciliación, como Sancaypata, Totos.

Sin embargo, un poblador de la comunidad muy atento a la extraña argumentación, le advirtió a los "expertos forenses extranjeros" a través de la traductora:

"Él manifiesta que hay un testigo que ha escapado de esa matanza de los quince. Entonces van a preguntar si pudieron haberse cambiado o han estado con esa misma ropa esas personas. Entonces, eso será un indicador para también ver ¿no?. Eso es lo que dicen, porque de ser así nosotros no podemos creer de frente que hayan podido cambiar. Conversaremos con nuestros testigos, dicen ellos ¿no?”.

2.4.- La Ubicación de Sancaypata en una pendiente impidió que los restos se conservaran :

Finalmente, el perito argentino Luis Fondebride se pregunta en voz alta y se responde:

"¿Por qué es diferente Ccarpacassa a Sancaypata?. Ccarpacassa es una zona, la zona está más protegida, está planito, no es una pendiente, entonces se conservaron mejor los cuerpos y fue más, más sencillo poder encontrarlos y identificarlos. Por eso es diferente que la identificación de Sancaypata"

Ante estas insólitas afirmaciones de Luis Fondebride, la comunidad replicó a través de un poblador del lugar, zona que, seguramente, el perito argentino Fondebride recién en esa oportunidad había visitado por primera vez:

"Señor fiscal, señores forenses, señores de la Comisión de la Verdad y señores familiares :

Bueno a algunos de nosotros nos sigue preocupando este caso. ¿Sabes por qué?. Porque como imaginamos ese sitio donde que ahora hemos exhumado, no era como pa escaparse una persona, ¡ se ve como una pampa !, no es, pero al otro lado que el día siguiente hemos ido para verificar con una señora se ha recogido pues dos prendas, eso si ese sitio era como para aventarse hacia adentro. Con esto nosotros nos preocupamos que en esto de repente hay algo ¿no? y quiero aclarar también este caso de que el día siguiente hemos ido a comprobar esas fosas, pero los señores antropólogos o forenses creo, dijeron que esos no son fosas, dijeron bien claro que "estos no son fosas". Claro, al final de cuenta esos son fosas, eso creo que es un engaño ¿no?, eso no debe se señor fiscal, por favor. Ustedes como autoridades deben investigarlo bien, deben hacer las cosas bien me parece ¿no?.. raspando dijeron que "estos no son fosas", que a la vista serían si se fueran fosas, serían a la vista las piedras serían suavecitas. "Están duros, no son fosas", pero en realidad eso son fosas, ¿por qué nos dijeron que no eran fosas?. Por ahí nosotros nos desconfiamos que solamente han identificado a una persona ¿no?.. y además esa parte pa que lleve lluvia o agua no es un barranco, no es un sitio de huayco ¿no?, es un bosque, es un árboles bosquejos, no creo que hayan llevado.."

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Al final, con éstas palabras la comunidad rechazó el informe pericial del caso Sancaypata, Totos de la Plataforma Conjunta de la Comisión de la Verdad y Reconciliación : "Nosotros hemos confiado en este equipo, pero en sí en estos momentos a todos los familiares nos dejan con dolor, frustrados. ¿Por qué digo esto señor fiscal?. Nosotros los campesinos, los pobres, de repente no tenemos conocimientos científica, a consecuencia de ellos nosotros no podemos responder de acuerdo a sus preguntas. Señor fiscal, como representante del Ministerio Público, ruego, señora Defensoría del Pueblo, ruego a usted, que sea di vuelta a investigar exhaustivamente y, así, pensar que podemos quedar conforme, más aún, con esta información, es lamentable y más dolorosa que quedamos más peor, hoy día vamos a salir enfermos dementales y psicológicos. En vez de salir de acá un alivio... de repente podemos encontrar algo bueno acá, pero no es, todo es contrario".

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3.- Las Repercusiones Actuales del Caso Sancaypata- Totos :



Desde la presentación del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, diversas personalidades, procedentes de todos los sectores sociales, han realizado severos cuestionamientos a sus argumentaciones y conclusiones, desde el actual Vicepresidente de la República, Luis Giampietri Rojas, el Presidente del Consejo Por la Paz Francisco Diez-Canseco, hasta prestigiosos intelectuales de la izquierda peruana como Raúl Wiener y Agustín Haya de la Torre.



Asimismo, desde enero de 2002, cuando se iniciaron las exhumaciones de las fosas clandestinas y las investigaciones sobre las denuncias de ejecuciones extrajudiciales por la violencia política durante la década pasada, desde entonces, y en sólo siete años, se han acumulado gravísimas denuncias respecto a estas investigaciones :

1.- Queja del personal del Ministerio Público contra los miembros del Equipo Peruano de Antropología Forense ( EPAF ) por falta de profesionalismo y, a través del Dr. Juan Guzmán Aparco, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ayacucho, se expresa la preocupación de la comunidad ayacuchana al conocer que éstos arqueólogos propuestos por la Comisión de la Verdad y Reconciliación solamente ostentaban el grado académico de bachiller.

2.- Denuncia de los supuestos familiares de diversos casos, quienes no han aceptado las labores de identificación de los restos efectuadas por los miembros del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público y, en cambio, pidieron la participación del EPAF como peritos de parte.

3.- Denuncia pública del Equipo Peruano de Antropología Forense ( EPAF ) de las labores de exhumación de fosas realizadas por el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, calificándolas de "exhumaciones masivas" y afirmando que éstas importantes investigaciones estaban siendo realizadas por personal sin experiencia.

4.- Con fecha 21 de enero de 2007, se publicó en la página web del Ministerio Público, el documento Consultoría para la Evaluación del Trabajo de Exhumaciones realizada por el licenciado en arqueología Francisco De León y el abogado Leonardo Gabriel Filippini, con el apoyo del PNUD-ASDI, y en el cual se observa entre las principales conclusiones :

"1. Evaluación del Patrón de Investigación utilizada por la Fiscalía Especializada. La información analizada por esta consultoría sugiere que la investigación de las graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en el Perú no ha seguido, ni sigue un patrón de pesquisa definido con claridad. Si bien la labor de la Comisión por la Verdad y Reconciliación organizó la información e impulsó la investigación de algunos casos conforme a ciertos parámetros, la práctica posterior ha generado que las actividades de investigación no siguieran un rumbo totalmente claro"-21-22.

5.- Al salir Luis Bromley de la Jefatura de Medicina Legal, el Equipo Peruano de Antropología Forense ( EPAF ) realizó una solicitud pública de una auditoria de los trabajos de exhumación de fosas realizados por el Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público. El directivo del EPAF, José Pablo Baraybar llegó a calificar de desastre el balance sobre la identificación y entrega de los restos humanos a los supuestos familiares de los desaparecidos, presentado por Bromley, a fines del año 2007 y tras cuatro años de gestión.

En cuanto al caso Sancaypata-Totos es paradigmático dentro de las investigaciones realizadas por la CVR, y se puede constatar que en general "la metodología" empleada siguió siendo utilizada desde la fecha hasta la actualidad por Medicina Legal del Ministerio Público y, por tanto, continuaron las mismas y hasta mayores deficiencias, que hacen muy cuestionables las conclusiones. Entre las principales tenemos :

- Desde mi punto de vista, la exhumación en Sancaypata, es una prueba que en la mayoría de estos casos investigados el valor criminalístico respecto a la naturaleza o causa del suceso y después de más de veinte años, por lo menos, debe ser materia de debate por especialistas y no de políticos, al ser fosas disturbadas por la misma población, los animales, las lluvias, etc. Algo importante, desde las exhumaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, los informes periciales adolecen de la descripción del procedimiento de la reconstrucción de la posición original de los restos óseos, que precise con rigor la pertenencia y correspondencia de los huesos. No vaya a ser que el mismo "experto" esté disturbando los restos humanos.

- Actualmente, se están utilizando parámetros y rangos antropológicos de poblaciones norteamericanas y europeas en la identificación de estas poblaciones andinas de la época de la violencia política.

Por ejemplo, desde las investigaciones de la Plataforma Conjunya de la CVR, para la estimación de la estatura se emplean los rangos de Genovés y Trotter y Gleser . En el caso de Santiago Genovés sus parámetros corresponden al trabajo paleoantropológico Proportionality of Long Bones and Their Relation to Stature Among Mesoamericans, publicado en 1967 en American Journal of Roentgenoly, volumen 26, páginas 67-77, el cual es una investigación con restos óseos de indios americanos prehispánicos y su aplicación en restos óseos contemporáneos para pericias es francamente risible. Con respecto a éstas estimaciones de las estaturas con estándares internacionalizados, el mismo Genovés, anecdoticamente narra cómo se demostró que los restos de Texepan, que se hallaban en el Laboratorio de Antropología Física del Museo del Antiguo Palacio del Arzobispado, no pertenecían a un hombre alto y mayor, el Padre de Mesoamérica, sino a una mujer joven y bajita, lo cual resultó en un escándalo nacional y medio mundial. En el caso de Trotter y Gleser, corresponden a los restos de jóvenes norteamericanos que murieron en la guerra contra Vietnam.

Respecto a los rangos para la estimación del sexo, se emplearon y se están utilizando los parámetros morfológicos de Buikstra y Ubelaker ( 1994 ), el armazón pélvico de Hoyme-Iscan ( 1989 ) y el cráneo con su mandíbula de Krogman-Iscan ( 1986 ) y, con relación a la estimación de la edad, se han elegido los cambios de desarrollo y crecimiento óseo de Krogman-Iscan ( 1986 ), la formación y erupción dental de Ubelaker ( 1989 ), la transparencia radicular de Lamendin ( 1992 ) y los cambios en la sínfisis púbica de Suchey-Brooks ( 1990 ), Gilbert y MacKern ( 1973 ). ¿Qué de científico puede tener la indistinta aplicación de estos procedimientos, de esta ensalada de parámetros de todas las razas, edades y épocas, y según la particular conveniencia del perito, en la identificación de poblaciones andinas del tiempo de la violencia política en el Perú?. Como señala el prestigioso D.R. Brothwell en Desenterrando Huesos, FCE, México 1987 : "Lo primero que hay que tener en cuenta es que el valor de determinadas características varía según el grupo humano que se esté estudiando. Así, el grado de desarrollo supraorbital, que en Europa sirve para identificar los huesos procedentes de varones, puede encontrarse en un cierto número de mujeres entre los aborígenes de Australia.."

De cualquier manera, es importante precisar que : sí es posible identificar algunos restos humanos, aunque no en la magnitud que se especula y, por tanto, es justo que el Estado Peruano proceda a la reparación individual de los deudos de los restos verdaderamente identificados, pero también debe advertirse algo fundamental: que la identificación es sólo una etapa de la investigación forense y, por si mismas, las fosas encontradas no son suficientes para formular acusaciones fiscales, ni mucho menos condenar a alguien.

Finalmente, el 06 de noviembre de 2008, se ha presentado en el Congreso de la República el Proyecto de Ley nº2848-2008-CR: "Proyecto de Ley de Creación de Comisión Ad Hoc encargada de proponer al Señor Presidente de la República la Concesión de Indulto, Conmutación de la Pena y Derecho de Gracia a los Miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Perú que han participado en el Proceso de Lucha por la Paz", seguramente persuadidos por las graves irregularidades en estas investigaciones y que compromete a importantes instituciones públicas.

Considero que la aprobación del Proyecto de Ley nº2848-2008-CR, independientemente de su objetivo, y en conformidad con los artículos 7 y 8, va a permitir conocer cuáles han sido los verdaderos alcances y las limitaciones de estas investigaciones forenses y determinar responsabilidades funcionales y hasta penales.




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Nota Importante:

El presente informe ha reproducido con exactitud los diálogos y las expresiones, con todas sus características lingüísticas y errores en la pronunciación, que se realizaron en la reunión para la presentación de los restos de Sancaypata.

Este informe fue presentado al Consejo Por la Paz, a solicitud del Dr. Francisco Diez Canseco Távara, y analizado en una entrevista el 29 de agosto por Perú TV, Canal 23 en la frecuencia UHF. y otras retransmisoras a nivel nacional y por el cable. Además, fue difundida en una nota de prensa por el diario Correo el día martes 01 de setiembre.

Ese mismo martes 01 de setiembre fue hackeado a las 20:00pm y se robaron las contraseñas de mis siguientes correos electrónicos: e_sarmiento1@hotmail.com, antropologiagubernamental@gmail.com, también mi otro blog denominado : El Antropólogo Gubernamental, cuya dirección es : http://www.elantropologogubernamental.blogspot.com/

















jueves, 6 de agosto de 2009

Evaluación del Trabajo de Exhumaciones PNUD-ASDI



Con fecha 21 de enero del año 2007, se publicó en la página web del Ministerio Público www.mpfn.gob.pe el último informe sobre los trabajos de exhumaciones de fosas clandestinas e identificación de restos óseos correspondientes a la época de la violencia política en el Perú, durante la década pasada, denominado Evaluación del Trabajo de Exhumaciones PNUD-ASDI, el cual comprende tres partes :



I.- Términos de Referencia : CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO DE EXHUMACIONES.
II.- Informe Final.
III.- Resumen Ejecutivo


Al respecto, algunas precisiones importantes en cuanto a los referidos documentos :


I.- Términos de Referencia: CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN DEL TRABAJO DE EXHUMACIONES


1.- En este documento, de carácter institucional, llama significativamente la atención que el Ministerio Público se remita de manera exclusiva a las estimaciones que realizó la Comisión de la Verdad y Reconciliación, respecto a la violencia política que sufrió el Perú entre 1980 y el año 2000, el mismo que se expresa en los siguientes términos :


"El 28 de agosto de 2003 la Comisión de la Verdad y Reconciliación dió a conocer su informe final, proyectando a 69 180 el numero de las victimas fatales de la violencia que atravesó el Perú entre 1980 y el año 2000, y proporcionando también al Ministerio Público un listado de 4644 sitios de entierro".-p.-2


Es importante precisar que el Ministerio Público, desde el momento que defendía su competencia constitucional, en este tipo de investigaciones, frente a las pretensiones de los miembros de la CVR de asumir sólo ellos estos casos, descalificando incluso moralmente a la Fiscalía, desde entonces, la institución ya había marcado una posición clara y contundente respecto a éstas estimaciones, y siempre recalcó que fueron 6,000 los desaparecidos aproximadamente y cerca de 150 las fosas, a partir de las 17 mil declaraciones que se afirma haber recopilado.


Pues bien, en este documento de carácter institucional "Términos de Referencia: CONSULTORÍA PARA LA EVALUACIÓN DE EXHUMACIONES", el Ministerio Público renunció a la posición oficial defendida ferreamente durante todos estos años.


En efecto, el referido documento institucional del Ministerio Público debió precisar que de éstos 4,644 sitios de entierro , 2,200 corresponden a sitios presuntos y 2,444 a sitios de entierro referidos, pero no constatados.


Asimismo, hay que advertir, que si bien el Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación considera que la mayor cantidad de víctimas son responsabilidad de Sendero Luminoso, esta afirmación es simplemente declarativa. Efectivamente, el criterio de la CVR para sus investigaciones es que todas las fosas encontradas son responsabilidad absoluta de las Fuerzas Armadas y tal como podemos observar en el Informe Investigación Forense de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, dirigida por el Equipo Peruano de Antropología Forense ( EPAF ) al Comité Coordinador del Área de Esclarecimiento de Hechos, con fecha 14 de febrero del 2002:


"Los grupos subversivos que lucharon por la destrucción del Estado, por su naturaleza, por su táctica y estrategia no requerían ocultar los crímenes que cometían ( destrucción de la propiedad pública y privada, asesinatos masivos y selectivos, entre otros ) porque por un lado no los consideraban como crímenes y porque por otro lado tales acciones tenían un efecto disuasorio y en ciertos casos contribuía a la coerción que aplicaban sobre otros grupos sociales...La existencia de fosas comunes atribuidas a movimientos subversivos tales como Sendero Luminoso o el Movimiento Revolucionario Tùpac Amaru tendrán por tanto significaciones distintas. Tales pueden ser, el disponer de combatientes muertos o el entierro por razones sanitarias por los lugareños, después de un ataque subversivo".


En tal sentido, al final, una vez concluidas buena parte de las exhumaciones de las fosas, las Fuerzas Armadas pueden aparecer como los grandes responsables, pues más de la mitad de éstos 4,644 sitios de entierro estimados por la CVR corresponden al tipo fosa, las cuales a su vez contienen más de dos cadáveres y/u osamentas por fosa. Y, seguramente, que, en adelante, cada vez que se encuentren fosas en zonas rurales, también se responsabilizará, de éstas, a las Fuerzas Armadas.


Por lo cual, el Ministerio Público, en este documento institucional, le otorga un carácter vinculante al Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación, y que por ley nunca tuvo, además, adopta la metodología que utilizó en materia de exhumaciones, decisión que se constata en el objetivo general de esta consultoría :


"Objetivo general :

Contribuir a la Reconciliación Nacional apoyando el Ministerio Público en el cumplimiento de las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación mediante la implementación funcional de su estrategia de intervención en materia de exhumaciones"- p.5


2.- En las páginas 3 y 4 del referido documento se presenta un informe sucinto respecto al apoyo de la Cooperación Internacional en estos asuntos, de la siguiente manera :


Proyecto de la Fiscalía Especializada Nov. 2002 –Diciembre 2006:


- Descentralización de la Fiscalía Especializada en Provincias;
- Implementación de la morgue en Ayacucho
- Implementación del Despacho Fiscal en Ayacucho
- Contratación de Asistentes administrativos
- Ayacucho - Adquisición de equipo de laboratorio
ASDI: $ 144 000 dólares


Proyecto de mejora de la capacidad del Instituto de Medicina Legal para la realización de las investigaciones forenses derivadas de las exhumaciones Feb. de 2005- Feb.2009


- Realización de exhumaciones simultaneas en Ayacucho
- Adquisición de : 6 camionetas 4x4; 7 lap top; 7 PC; 3 impresoras; 3 scanner; 5 cámaras digitales; 5 cámaras de fotos; mobiliario básico de oficina; equipos de bioseguridad; materiales para exhumaciones
- Contratación de 3 equipos de peritos forenses
- Construcción de un laboratorio de antropología forense en Huamanga
(Ayacucho).
UNION EUROPEA: 358 641 euros, p. 3-4.
- Contratación de una arqueòloga ( "la bachiller" Martha Palma Málaga ? ), el año 2003, PNUD US./ 30,000 y MP 91,000 nuevos soles. Además de cursos intensivos y talleres en temas forenses ( no especificados ) y un seminario internacional sobre derecho penal internacional y derecho humanitario.


Al respecto, es importante observar que desde los trabajos de exhumaciones de fosas por la CVR en Totos y en Lucanamarca cuando, los mismos forenses, tuvieron que reconocer estas carencias, hasta fines del año 2004 nunca existió una infraestructura mínima, principalmente en Medicina Legal de Ayacucho, para la realización de exhumaciones de fosas. De todo esto existe documentación oficial audiovisual y escrita, de acceso público, al respecto. Sin embargo, se siguieron realizando diversas exhumaciones de fosas, bajo la exclusiva responsabilidad de Medicina Legal, y todo lo cual derivó en los principales expedientes fiscales a miembros de las fuerzas armadas y que datan precisamente de esa época.


Sin embargo, se puede apreciar, en el informe sucinto sobre el apoyo de la Cooperación Internacional, que hasta fines del año 2004 los aportes de instituciones como la Unión Europea y la ASDI, y que también representó una contraparte de fondos del Ministerio Público, se gastaron principalmente en mobiliarios de oficina para la fiscalía, cursos y seminarios de pocos días de duración, algunos materiales para acampar y excavar en las exhumaciones. Asimismo, se da cuenta de la extraña contratación de la "bachiller" en arqueología Martha Palma Málaga con fondos PNUD-Ministerio Público. Esta señorita trabajó como practicante con la CVR en la exhumación en Lucanamarca. Cuando se desactivó la CVR, participó en el concurso público para dos plazas profesionales para arqueólogos forenses del Instituto de Medicina Legal . Ministerio Pùblico 2003-I y 2003-II. La señorita Palma, no ganó ninguna de las dos plazas profesionales en los concursos públicos y, quien, sin embargo, es contratada a los pocos meses con fondos del PNUD-Ministerio Público.


II.- Informe Final


En la introducción a este documento denominado "Informe Final", con fecha 08 de setiembre de 2006, se da cuenta que fue elaborado entre el 04 de agosto y el 08 de setiembre de 2006, por el licenciado en arqueología Francisco de León y el abogado Leonardo Gabriel Filippini. Al parecer estos especialistas pertenecen a la Asociación Latinoamericana de Antropología Forense ( ALAF ), una especie de sindicato internacional, que monitorea, avala y agrupa a los profesionales forenses que han participado principalmente en las exhumaciones de fosas en Centroamérica, Argentina y Chile, bajo el paradigma del norteamericano Clyde C. Snow, empleando los mismos métodos, técnicas y casi las mismas fichas de registro de la información, y la cual ultimamente ha logrado incorporar a los peritos forenses del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, y cuya labor, los referidos consultores De León y Filippini, debían haber evaluado objetivamente en este documento. De hecho una de las principales sugerencias de estos consultores la encontramos en la página 18 :


"Es necesario además de esta formación obtener pasantías para que los miembros del EFE asistan por períodos cortos de 15 a 30 días, a observar y tomar parte en exhumaciones y análisis de laboratorio con equipos forenses de otros países, esto lo puede coordinar el EFE por medio de la ALAF (Asociación Latinoamericana de Antropólogos Forenses)".


Más adelante, en la página tres del tercer documento llamado "Resumen Ejecutivo", los consultores aseguran que previamente, a la redacción de los dos documentos, realizaron doce actividades de observación, entre el 23 de julio y el 07 de agosto del año 2006. Es decir, "desarrollaron las siguiente doce actividades durante sólo quince días" :


a. Alrededor de 50 entrevistas con distintos actores interesados en el programa de exhumaciones (organizaciones de familiares de víctimas del conflicto, miembros del Ministerio Público, incluyendo a la Sra. Fiscal de la Nación, magistrados, organizaciones internacionales, abogados, equipos no gubernamentales de antropología forense, académicos, etc.).
b. Visita a la sede del Ministerio Público y del EFE en y en Ayacucho.
c. Observación sobre el terreno de la totalidad de una diligencia de exhumación ordenada por el Sr. Fiscal Rubén López, en un sitio próximo a la ciudad de Cangallo y con presencia de los familiares.
d. Observación de la totalidad de los trabajos de campo y gabinete del EFE en dicha diligencia.
e. Observación de la diligencia de entrega de restos a los familiares.
f. Visita a los probables sitios de entierro en el Cuartel Los Cabitos.
g. Administración y evaluación de una encuesta FODA dirigida a los miembros del EFE.
h. Análisis de expedientes correspondientes a la investigación fiscal en casos que incluyen diligencias de exhumación.
i. Visita a la sede y museo de ANFASEP.
j. Análisis de las fichas de campo y laboratorio para el asiento y análisis de información del EFE.
k. Análisis de los sistemas de archivos del EFE y de la CVR.
l. Análisis de documentos relativos al conflicto en el Perú, a la labor de la CVR y al estado de los casos ante al sistema interamericano de protección de los derechos humanos.


El documento de acceso público Informe Final empieza describiendo el rol de los actuales profesionales del Equipo Especializado Forense de Lima del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, a partir de la evaluación de una pericia :


"El informe pericial elaborado por el EFE esta dividido en tres partes la primera parte elaborada por el Antropólogo social Iván Rivas Plata corresponde a la investigación preliminar del hecho, en ella se proporciona la información sobre el lugar de los hechos, el contexto en el cual se desarrollaron los acontecimientos violentos, así como la posible secuencia de los hechos y sus recomendaciones. La segunda parte elaborada por el arqueólogo forense Flavio Estrada, corresponde a la descripción de la metodología de excavación utilizada en la fase exhumación, su nomenclatura, vías de acceso al área investigada, el procedimiento y resultados de la excavación, la descripción de las osamentas encontradas, su posición y orientación su estado de conservación y la posible identificación en campo según lo indicado por los familiares. Asimismo, se hace alusión a los factores que han ayudado a la conservación y al deterioro de los huesos (factores ambientales, factor individual y factor cultural). La tercera parte fue elaborada por el Antropólogo Forense Roberto Parra y el Odontólogo Forense Glicerio Rosas, esta parte corresponde al análisis bioantropológico o estudio de los cuerpos recuperados durante la fase de exhumación"12.


En cuanto a estos señores forenses, nadie duda que en estos momentos cuentan con una experiencia muy importante en estos asuntos tan delicados. Sin embargo, hay aspectos no muy claros dentro de su historial profesional. Por ejemplo, el antropólogo social Iván Rivas Plata y el arqueólogo Flavio Estrada fueron separados de la institución el año 2003 y reingresaron el año 2004. En lo personal, pienso que lo que se hizo con el arqueólogo Estrada fue una injusticia del más bajo nivel.


Asimismo, llama la atención las altas responsabilidades que la institución le ha delegado al licenciado Roberto Parra Chinchilla, quien ingresó a Medicina Legal, siendo aún bachiller, sin concurso público y por cargo de confianza. Además, es ahijado de la dra. Sonia Guillén, la asesora de la CVR y de las dos últimas Fiscales de la Nación, al parecer, desde la época que Federico Kauffman Doig le pusiera, a la doctora, una denuncia en el mismo Ministerio Público por depredación del Patrimonio Cultural, por el caso de las momias de Chachapoyas. Por lo que me informan indignados mis ex-colegas forenses en Ayacucho, el licenciado Parra es el gestor de la contrataciòn hace unos meses, y sin concurso pùblico, de un grupo de antropòlogos, arqueòlogos, odontòlogos, no titulados, para las labores de exhumaciones de fosas. Al extremo de haber conseguido incluir, hace poco, y segùn afirman, a su hermano dentro del Equipo Forense Especializado ( EFE ) del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Pùblico.


Respecto al documento pùblico denominado "Informe Final" algunas observaciones con relación a sus tesis principales :


1.- El documento pùblico llamado "Informe Final" reconoce la presión eficaz de las ongs de derechos humanos sobre la fiscalía:


"..los criterios de priorización para el discernimiento de un cargo de exhumación se aceleran o no dependiendo de la presión que ejerzan sobre la fiscalía las organizaciones de derechos humanos que patrocinan a sus denunciantes"-p.5.


Sin embargo, en este documento, llama la atención que estas ongs de derechos humanos se hayan quejado, ante los consultores, afirmando que el Ministerio Público no les brinda facilidades, cuando lo cierto es que diversas instituciones, desde la Defensoría del Pueblo hasta ongs como COMISEDH y Paz y Esperanza, siempre están presentes en las jornadas de exhumaciones y análisis de restos, de todo lo cual pueden dar fe, por ejemplo, la gran cantidad de fotografías, ante las cuales posan, para la cobertura informativa del periodismo de Huamanga, Ayacucho :


"las ONG y los equipos privados de antropología forense -que también se encuentran registrados como ONG-, se quejan porque no reciben información sobre la programación y ejecución de las exhumaciones tanto de Ayacucho como de Lima que coordinan la fiscalía con el EFE. Y ello incluso a pesar de las organizaciones de derechos humanos suelen ser las que presionan para que se realicen las exhumaciones.-p.15


Por lo cual, no debe extrañarles a los consultores extranjeros que, al final, los jueces y fiscales no sepan "a quien les convenga" hacerle caso, si a los forenses del Instituto de Medicina Legal o a los peritos de parte de las ongs de derechos humanos :


"La relación más compleja parece darse con las dos organizaciones privadas también dedicadas a la antropología forense en el Perú (CENIA y EPAF). Existen fuertes discrepancias de criterio entre el EFE y los equipos privados y de la información reunida por esta consultoría puede concluirse que los fiscales y jueces no han logrado aún delimitar con claridad los ámbitos de intervención de cada uno de ellos, lo que se refleja, en ocasiones, en contratiempos para la debida investigación de los hechos"-p. 24


En cuanto a "las fuertes discrepancias de criterio" entre el Equipo Forense Especializado del Instituto de Medicina Legal ( EFE ) y los peritos de parte de las ongs, como EPAF y CENIA, es fundamentalmente sólo de forma, pues no sólo todos utilizan los mismos estándares internacionalizados, y tal como veremos con mayor detalle más adelante en los puntos 4 y 5, sino que actualmente publican conjuntamente documentos sobre temas forenses. Por ejemplo, en febrero de 2005 se presentó el texto La Investigación Preliminar Antropológica Forense en Casos de Graves Violaciones a los Derechos Humanos. Lineamientos Básicos, el cual reune ensayos de los arqueólogos forenses del Centro Andino de Investigaciones Antropológicas Forenses ( CENIA ) María Inés Barreto, de nacionalidad colombiana, y Carlos Bacigalupo Salinas, su esposo, ex EPAF y ex CVR, y que además ambos son peritos de parte de COMISEDH, juntamente con escritos de los peritos oficiales del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, el licenciado Roberto Parra Chinchilla y la "bachiller" en arqueología Martha Palma Málaga.


2.- Es sintomático apreciar en este documento, llamado Informe Final, que dentro de los responsables de las personas asesinadas en el Perú en las décadas pasadas, se nombre en primer lugar a las fuerzas armadas :


"El Registro Nacional de Sitios de Entierro fue un proyecto desarrollado por la CVR, ejecutado por un grupo multidisciplinario de profesionales.. que se dedicaron a recopilar y evaluar la información existente sobre sitios de entierro de las personas asesinadas en el Perú durante los años de 1980 al 2000 por las Fuerzas Armadas Peruanas (Ejército, Marina, Aviación), Fuerzas Policiales (Guardia civil, Guardia Republicana, Policía de Investigaciones), Fuerzas Combinadas (Fuerzas armadas y policiales, Fuerzas Armadas y Grupos Civiles), Grupos Subversivos (Sendero Luminoso, Movimiento Revolucionario Tupac Amaru), Grupos Paramilitares (Rodrigo Franco, Colina), Grupos Civiles (rondas campesinas, comités de autodefensa)".-p.5


3.- Se reconoce las limitaciones del Registro de Sitios de Entierro de la CVR :


"La información para este registro provino de diferentes fuentes, principalmente como ya se indicó de la CVR y de otras organizaciones de derechos humanos e instituciones públicas.


El proyecto de registro nacional de sitios de entierro se realizó durante cuatro meses (de marzo a junio del año 2003, en el se registraron un total de 4.644 sitios de entierro de los cuales 2.200 corresponden a los llamados sitios presuntos (la información existente del sitio y su inspección ocular sugieren la existencia de restos óseos en ellos) y 2.444 restantes corresponden a sitios de entierro referidos (se conoce de la existencia del sito a través de referencias pero aún no han sido visitados para constatarlos como presuntos)".-p.6


"Asimismo, es necesario visitar los sitios referidos que son más del 50% para determinar si pueden ser considerados sitios presuntos, además de seguir alimentando el registro nacional general".-p.7


4.- En términos generales los consultores consideran que los formatos utilizados por los profesionales forenses de Medicina Legal del Ministerio Público: fichas antemortem, ficha de ubicación y evaluación de sitios con restos humanos, así como la ficha de recuperación de cuerpos y elementos asociados y, también, la ficha de análisis bioantropológico "están bien elaboradas y son de excelente calidad". Sin embargo, observan que se debe realizar la elaboración de una introducción para cada informe pericial y ciertas mejoras en la deficiente presentación de la ficha de recuperación de cuerpos y elementos asociados y que, desde mi punto de vista, son muy importantes para un especialista en la reconstrucción de los hechos:


"En relación al contenido del ANEXO B, sería adecuado realizar un minucioso levantamiento de restos óseos en el cual se indique además del recuento y estado general de conservación de cada hueso, las posibles fracturas ante-mortem, perimortem y post-mortem que presenten las osamentas. Se sugiere además incluir un odontograma a esta ficha".-p.11

"En la segunda parte en lo relativo a los resultados de la excavación sería recomendable que se indique la profundidad a la cual fueron encontradas las osamentas, pues sólo se indica la profundidad de la fosa luego del levantamiento.-p.13


"En la tercera parte del informe sería recomendable que en las descripciones de las
condiciones patológicas y las que giran en torno a la muerte en la medida de lo posible éstas sean ilustradas por medio de fotografías de manera directa al pie de cada texto, (al menos, las mas significativas), además de consignar dichas fotografías en el anexo del registro fotográfico correspondiente".-p.13


5.- Asimismo, reconocen la existencia de un margen de error en los estándares utilizados para la identificación de estos pobladores, que tratan de minimizar afirmando que son "lo más cercanas a la realidad andina" :


"Es una ficha bien diseñada que permite analizar rápidamente lo necesario..aunque tiene un margen de error en los estándares utilizados para las estimaciones de edad y estatura de la población, estas estimaciones son lo mas cercanas a la realidad andina".-p.11


Sin embargo, en realidad el asunto es grave, pues lo cierto es que desde la época de la CVR hasta la actualidad, con Medicina Legal del Ministerio Público, se elaboraron dictámenes forenses, en la mayoría de los casos, sólo a partir de observaciones morfológicas de los restos. Asimismo, han estado utilizando estándares internacionalizados de poblaciones norteamericanas y europeas para identificar pobladores andinos. Es más, han llegado al extremo de utilizar los parámetros de restos óseos de los mexicanos prehispánicos de Genovès para la estimación de la estatura de los pobladores andinos del Perú:


"la parte central del análisis forense se realizó "mediante la aplicación de técnicas basadas principalmente en observaciones morfológicas y algunas consideraciones métricas, como el largo total del fémur para la estimación de estatura de acuerdo a las recomendaciones de J. Buisktra y D. Ubelaker (1994)".-p.12

"Se informa sobre la utilización de la ficha utilizada par el inventario de esqueletos
explicándose que es una adaptación de "las recomendaciones propuestas en elStandard for Data Collection from Human Skeletal Remains (Buistra y Ubelaker, 1994)".-p.12


Por lo cual, los consultores de la manera más disimulada no tienen otra alternativa que recomendar al Instituto de Medicina Legal que también se realice el análisis antropométrico de los restos óseos :


"En la medida de lo posible se sugiere agregar a esta ficha un odontograma y el resumen técnico-científico de las fracturas y patologías encontradas en los huesos. Se sugiere, asimismo, se realice el análisis antropométrico de las osamentas exhumadas el cual podría servir de base para futuras investigaciones científicas de la población peruana actual. -p.11


Al respecto, la realización del análisis antropométrico a los restos óseos fue mi principal propuesta a los pocos días de integrarme como Antropólogo Analista de Medicina Legal en Ayacucho, sin embargo, el actual Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, Luis Bromley Coloma, practicamente me lo prohibió a través del Memorandum Nro. 393-2004-MP-FN-IML/J dirigido al Director de la División Médica Legal de Ayacucho de ese entonces, Luis Castillejo Melgarejo, refrendando una opinión que el licenciado Roberto Parra Chinchilla y la "bachiller" en arqueología Martha Palma Málaga le alcanzaron, donde sostenían falsamente que la antropometría no se utiliza en cadáveres y restos óseos, sino sólo en personas vivas.


De esta manera, el actual Jefe Nacional del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, Luis Bromley Coloma, el licenciado Roberto Parra Chinchilla y la "bachiller" en arqueología Martha Palma Málaga desconocieron exprofesamente que el Manual de Organización y Funciones del Instituto de Medicina Legal, art. 118, inc.b, precisaba claramente que una de las funciones del antropólogo era:


"Son funciones del antropólogo:

b) Ubicar y registrar indicadores antropométricos en restos óseos".


En realidad, considero que ellos temían lo que para mí era evidente que el registro antropométrico de los restos óseos iba a demostrar que las exhumaciones de fosas realizadas no guardaban relación con los hechos en concreto que la Fiscal estaba investigando, y por tanto, que se forzó la individualización y los sistemas de identificación de los restos óseos. Por lo cual, al no ser aceptada mi propuesta y, por el contrario, recibir respuestas arbitrarias y prepotentes, al extremo que demoraban en depositarme mi sueldo hasta cerca de quince días, declararme en inamovilidad y requerirme para extensas jornadas extras los días domingos, con el personal administrativo, y que sólo yo cumplía, me cansaron y, por sugerencia de amistades renuncié. No contaba con garantías mínimas.


6.- Al final, los consultores, no pueden dejar de reconocer, en su Informe Final, lo que es obvio :


"Los expertos no han podido reconocer la existencia de criterios claros de intervención en materia de exhumaciones. Las intervenciones, en general, han sido decididas por los jueces o fiscales a cargo de las distintas investigaciones de acuerdo a consideraciones particulares de cada caso".-p.29


III.- Resumen Ejecutivo.


Finalmente, los consultores proponen el retorno de la llamada Plataforma Conjunta, que era una instancia en la època de la CVR que agrupó a Medicina Legal del Ministerio Público, la Unidad de Investigaciones Forenses de la CVR, la Defensoría del Pueblo y la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. La Policia Nacional hasta donde sé no formó parte de la Plataforma Conjunta, aunque si apoyó en las labores de custodia de los restos de las tres exhumaciones que se alcanzó a realizar en esa época :


"En términos generales, la interrupción de las reuniones de la así llamada "plataforma", en las cuales todos los interesados en la problemática de las desapariciones contaban con un ámbito donde expresar sus puntos de vista parece haber sido una decisión incorrecta. La ausencia de un foro de discusión institucional serio sobre la problemática de los desaparecidos en el Perú es uno de los mayores problemas observados".-p. 6-7

Espero que esta información les permitan conocer mejor cómo se han estado realizando estos casos.