martes, 27 de noviembre de 2012

Los Retos de la Defensoría Militar en el Perú


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Hace unos días, el Ministro de Defensa Pedro Cateriano anunció la implementación de la Defensoría Militar, la cual según precisó, tendrá como finalidad fundamental la defensa de los miembros de las fuerzas armadas, que sean sometidos injustamente a procesos judiciales en el ejercicio de sus funciones.

Ha sido una decisión trascendental, puesto que la propuesta de la Comisión de la Verdad y Reconciliación era que sólo se preocupara de mejorar la situación del recluta y de protegerlo de abusos por parte de sus superiores; con lo cual, en realidad, se estaba legitimando la indisciplina y desobediencia del personal.

La implementación de la Defensoría Militar, tal como ha sido concebida por el Ministerio de Defensa, no sólo responde a la necesidad de proporcionar garantías legales a los miembros de las fuerzas armadas que son requeridos en las zonas de emergencia y en situaciones excepcionales, sino al parecer también para enfrentar exitosamente las acusaciones fiscales y los procesos judiciales de los hechos sucedidos durante la lucha contra el terrorismo, toda vez que si bien la CVR afirmó que la mayoría de muertes fue responsabilidad de Sendero Luminoso, sin embargo, asumió el criterio técnico de sus peritos, quienes atribuyeron la autoría de las fosas clandestinas a las fuerzas armadas, bajo la simple premisa que de esta manera escondían los cadáveres, mientras que los terroristas solo buscaban mostrar sus asesinados para amedrentar a la población. Así, teniendo presente que en una fosa hay varios cadáveres, al final es evidente que las fuerzas armadas iban a ser calificadas como las principales responsables de las víctimas durante la lucha contra el terrorismo.

Por eso, es de esperar que mediante la Defensoría Militar se aplique una defensa integral, con la incorporación de diversos profesionales forenses y que, tan contundentes resultados ha dado en el caso Chavín de Huántar. La incorporación del equipo forense en la Defensoría Militar, bajo un régimen laboral estable es imprescindible por el carácter confidencial, exclusivo y a tiempo completo de los forenses.

De esta manera. la Defensoría Militar, por ejemplo, puede disponer la asistencia de peritos forenses, en representación de las fuerzas armadas, a cada una de las exhumaciones de fosas y análisis de restos que se están realizando, de forma tan sesgada, en departamentos como Ayacucho. En efecto, desde las investigaciones de los peritos de la CVR hasta las de sus alumnos, los peritos del Instituto de Medicina Legal del Ministerio Público, se ha establecido y seguido una serie de procedimientos sumamente cuestionables en las exhumaciones de fosas, identificación de osamentas y restos, y los dictámenes balísticos.

Por estos antecedentes, sería lamentable que la Defensoría Militar se termine convirtiendo en una entidad conformada prácticamente sólo por abogados y oficinistas, tal como ha sucedido con instituciones como el Ministerio de Cultura, el Ministerio del Ambiente, la Defensoría del Pueblo, el Ministerio de Inclusión Social, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, entre otros y que han desnaturalizado los fines para los cuales fueron creados como instituciones especializadas. Asimismo, sería desafortunado, que se convoque a profesionales que han participado en la elaboración de dictámenes contra las propias fuerzas armadas, lo cual inexplicablemente ya ocurrió en anteriores gestiones en el Ministerio de Defensa, a través de  organismos como el  Centro del Derecho Internacional Humanitario de las Fuerzas Armadas del Perú  CDIH y DDHH, que realizó actividades académicas, casi exclusivamente con ongs de izquierda.

Definitivamente que la réplica a estas denuncias contra las fuerzas armadas, desde el inicio de la investigación, permitiría evitar gastos de mayor envergadura por acusaciones fiscales y procesos judiciales fundamentalmente mediáticos y salvaguardar, de manera oportuna, la imagen del Estado peruano.


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